Hablamos siempre de los derechos de los conductores y de las víctimas, pero los ocupantes de un vehículo también tienen derecho a reclamar por sus daños.
Jorge.- Hablamos siempre de los derechos de los conductores y de las víctimas, pero hay que especificar también que los ocupantes de un vehículo por supuesto que también tienen derecho a reclamar por sus daños. ¿A quién debe dirigir la reclamación un ocupante?
Joaquín.- Depende de quién sea el responsable del accidente. Si el responsable del accidente ha sido un tercero deberá dirigir la reclamación contra ese tercero, bueno, contra su compañía de seguros. Sin embargo, si el responsable ha sido el conductor del vehículo en el que viaja el ocupante, debe dirigir la reclamación contra la compañía de seguros del vehículo propio.
Jorge.- Es decir, si el culpable es un tercero, responde la compañía del tercero y si el responsable es mi conductor, responde su compañía de seguros.
Joaquín.- Así es.
Jorge.- ¿Qué diferencias en la reclamación hay entre uno y otro?
Joaquín.- No hay diferencia ni en el proceso ni en el tipo de reclamación. La única diferencia destacable es que si el responsable es el conductor del vehículo en el que circula el ocupante éste no podrá reclamar la defensa jurídica a su compañía, porque será la misma que la encargada de indemnizarle.
