Uno de los temas más controvertidos que afecta a los taxistas que sufren un accidente de tráfico es el lucro cesante en el taxi, por las especiales circunstancias profesionales de su puesto de trabajo o profesión. Es decir, el dinero que dejan de percibir cuando no pueden estar trabajando. Si eres taxista te interesa conocer cómo funciona y se indemniza este concepto y cómo se regula el lucro cesante como taxista en el nuevo baremo.

Los taxistas son uno de los gremios profesionales más expuestos a ser víctimas de accidentes de tráfico. Sus largas jornadas laborales y el hecho de desempeñar su trabajo con un vehículo de motor implica que todos los días tienen que lidiar con el tráfico y el resto de conductores, por lo el riesgo de sufrir un siniestro se multiplica, siniestro que no solo les afecta a ellos, sino que puede afectar a los ocupantes de su taxi que trasladen en ese momento.

¿Qué es el lucro cesante?

Dentro de los denominados daños patrimoniales se incluye el lucro cesante. El daño patrimonial se refiere a cualquier menoscabo o detrimento que se produce en el patrimonio de una persona. Para determinar una indemnización por este concepto tendremos que ver el perjuicio sufrido a consecuencia de, por ejemplo, un siniestro de tráfico.

Nuestro Código Civil indica en su artículo 1.106 que “La indemnización de daños y perjuicios comprende, no sólo el valor de la pérdida que hayan sufrido, sino también el de la ganancia que haya dejado de obtener el acreedor”.

Se trata por tanto de un daño patrimonial, consistente en una pérdida de unas cantidades (pérdida de ingresos o ganancia dejada de obtener) que se dejan de obtener a consecuencia de un perjuicio o hecho lesivo sufrido.

Normalmente la jurisprudencia de nuestros Tribunales interpreta este concepto de manera restrictiva, debiendo acreditarse siempre que hay un nexo causal entre el perjuicio o acto ilícito que hemos sufrido y el beneficio que hemos dejado de percibir.

La carga de la prueba para acreditar que existe lucro cesante corre a cargo del perjudicado, debiendo acudir a informes de contabilidad, certificaciones, declaraciones fiscales, peritos o auditores para poder demostrar la cuantía del lucro cesante, es decir, el perjuicio económico o beneficio dejado de percibir.

¿Cómo afecta el lucro cesante en el taxi?

Si un taxista sufre un accidente de coche, y no es culpable del mismo, podrá reclamar la indemnización que le corresponda tanto por los daños materiales como por los personales que haya sufrido, y también por el llamado daño patrimonial, donde se incluiría la reclamación por lucro cesante del taxista.

En estos casos nos referimos a la cantidad de dinero, o ganancia que el taxista no gana a consecuencia directa del accidente de tráfico sufrido. Esto no debe confundirse con la reclamación por gastos, que se refieren por ejemplo, las facturas de un taxi que nos traslade a realizar la rehabilitación si no podemos conducir por las lesiones sufridas, ni tampoco al perjuicio sufrido por un trabajador al que le descuentan de la nómina una cantidad por estar de baja laboral.

El taxista es un trabajador que a consecuencia del accidente de tráfico no puede salir a trabajar en su taxi como consecuencia de las lesiones que ha sufrido, por lo que lo que tendremos que demostrar es qué cantidad ha dejado de ganar durante el tiempo en que ha estado incapacitado para trabajar.

El principal problema de estos casos es que en muchas ocasiones es complicado saber la facturación real del taxista, al tributar por módulos.

Aparte de lo anterior, debe considerarse también el hecho de que el taxista utiliza su taxi como medio para trabajar, de modo que si el vehículo debe permanecer un tiempo en el taller para repararse, ese tiempo sin poder trabajar el taxista sufrirá perdidas económicas que deben valorarse e indemnizarse.

¿Cómo se calcula el lucro cesante de un taxista en el nuevo baremo?

Como ya hemos visto, en ocasiones resulta difícil acreditar el lucro cesante sufrido por un taxista a consecuencia de un accidente de tráfico.

Durante muchos años, para realizar la reclamación del lucro cesante de un taxista se solicitaba un Certificado de la Cooperativa del Taxi o Asociación de Auto Taxi que venía a acreditar el ingreso medio que tenía un taxista por cada jornada laboral.

En el caso de que el taxi estuviera paralizado en un taller para la reparación de los daños materiales sufridos a consecuencia del accidente, el medio de prueba más utilizado y que los Tribunales venían admitiendo era el Certificado del Taller sobre el tiempo de estancia que ha estado el taxi reparándose en dicho taller.

Ambos documentos han sido normalmente admitidos por la jurisprudencia durante años, si bien en ocasiones las aseguradoras negaban este pago pese a contar con dicha documentación hasta que un Juez no les condenaba a pagarlo.

El lucro cesante con el nuevo baremo

El nuevo Baremo de Tráfico 2016 se refiere al lucro cesante en el apartado correspondiente a la indemnización por perjuicio patrimonial, que se divide en daño emergente y lucro cesante.

Según el nuevo Baremo el lucro cesante se refiere a la pérdida o disminución temporal de ingresos provenientes del trabajo personal de la víctima, que deberá indemnizarse como perjuicio directamente relacionado con el accidente de tráfico sufrido.

En el caso de que los ingresos sean variables se van a tener en cuenta los ingresos netos que la víctima haya percibido en periodos análogos del año anterior al accidente o a la media de los ingresos netos que haya obtenido en los tres años inmediatamente anteriores al mismo, en caso de ser esta superior, según indica el artículo 143.3 del nuevo Baremo.

El problema que nos encontramos con esta valoración en el caso concreto del cálculo del lucro cesante de los taxistas es como calcular los ingresos netos de un taxista si el mismo cotiza con el sistema de módulos.

Se trata de una duda que ya se ha planteado en la aplicación práctica del nuevo Baremo, y para el que no hay una solución concreta unánime entre los profesionales del sector (aseguradoras y abogados de víctimas), por lo que habrá que valorar cada caso concreto y esperar a ver por donde respiran nuestros Tribunales aplicando el nuevo Baremo en este sentido.

LEGALCAR

En Legalcar llevamos más de 20 años defendiendo el interés de los taxistas que sufren un accidente de tráfico. Dada la actividad profesional de este sector y los evidentes perjuicios que se les causa al constituir el taxi su medio de trabajo, es necesario que cuenten con una asistencia y asesoramiento especializado para que su reclamación cuente con todas las garantías de éxito posibles.

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