¿Conoces la normativa del carril bici? Desde Legalcar te explicamos 3 aspectos que debes conocer antes de salir con tu bici a este carril
El uso de bicicletas está ganando cada vez más popularidad como medio de transporte mundialmente, en España no es la excepción y en los últimos años se ha duplicado el uso diario de la bici, a pesar de que muchos no consideran a España como un país de bicis ciudades como Sevilla y Barcelona se encuentran dentro del ranking de ciudades amigables para las bicis, además los ayuntamientos de diferentes ciudades cada vez anuncia la construcción de más carriles bicis, con el fin de fomentar la movilidad sostenible.
Las bicicletas son consideradas vehículos y como tal deben cumplir con normas de tráfico ¿Conoces la normativa de los carriles bicis?
Los carriles bicis están regulados por los ayuntamientos
Según datos de la DGT, en España hay cerca de 950 kilómetros de carril bici, Sevilla por ejemplo, es una de las ciudades con más carriles bicis, concentrando 160 kilómetros por los que transitan cerca de 70.000 ciclistas. Barcelona por su parte quiere pasar de 134 kilómetros en 2017 a 308 kilómetros en 2020. En la capital española por su parte se informó la construcción de 30 kilómetros bici adicionales para 2017.
¿Circulas en bici por Barcelona? En la normativa establecida por el Ayuntamiento explica que las bicicletas deberán circular obligatoriamente por los carriles segregados y está permitida la circulación por la carretera solo en las zonas donde no haya carriles bicis. Además, este reglamento explica que en los carriles bicis que se encuentran en aceras, los peatones tienen prioridad de paso en los cruces, tienen permitido pasar por estos pero no permanecer en estos.
En Madrid por su parte, coincide con la prioridad de paso en las aceras-bicis, pero agregan que no solo el ciclista debe adaptar la velocidad a la situación, sino que el peatón también debe tomar en cuenta la distancia antes de cruzar, asegurándose de no entorpecer o representar un riesgo.
Por su parte en la normativa de Sevilla está permitida la circulación por aceras siempre que estas midan más de cinco metros y tres se encuentren libres, pero, deben respetar la velocidad de 10 km/h, así como la prioridad de los peatones, también deben mantener la distancia de al menos un metro de los edificios. Esto está prohibido en Madrid, a menos de que la señalización lo permita.
Zaragoza, es una de las ciudades que sanciona la circulación de bicis por aceras con multas que pueden rondar los 200€, además un factor diferenciador con otras ciudades como Barcelona, es que no es obligatoria la circulación por carriles bicis, siempre pueden circular por la calzada, manteniendo una velocidad adecuada.
Es por esto que es importante que consultes la normativa del ayuntamiento por el que vas a circular, para evitar incumplir y ser multado o provocar situaciones de riesgo. Recuerda que en caso de tengas un accidente, si no respetabas la normativa perderás el derecho a la indemnización en su totalidad.
Vías, carriles y aceras bicis
¿Sabes cuál es la diferencia entre los diferentes tipos de vías destinados para bicis? Te lo explicamos:
Carril-bici: es el área habilitada para la circulación de ciclistas, este se encuentra por la calzada, este carril puede ser de doble sentido o sentido único, depende de la zona y en algunos casos está protegido por una barrera física que lo separa de la calzada.
Acera-bici: común en áreas como Barcelona y Sevilla. Son áreas para la circulación ciclista que se comparten con las aceras peatonales, estas suelen ser muy polémicas, pues generalmente son invadidas por peatones, algunos ciclistas se sienten más seguros en estas vías, ya que no se comparte la acera con el resto del tráfico.
Pista-bici: según la normativa de tráfico, se consideran pista-bicis a las vías ciclistas que están separadas físicamente de la zona de vehículo motorizado, pero se encuentran dentro de la calzada, en un área adosada.
Senda-Bici: Las zonas por las que pueden circular ciclistas y peatones, generalmente ubicados en áreas verdes y zonas abiertas.
Debes tomar en cuenta la velocidad máxima permitida en cada una de estas vías, la cual puede variar de acuerdo al ayuntamiento y zona. Por ejemplo, los carriles bicis suelen tener una velocidad máxima de 30 km/h, mientras que en las aceras-bicis la velocidad suele ser inferior, para evitar siniestros con peatones.
Señalización
¿Sabes qué significan las señales de tráfico relacionadas con los carriles bici?
Señal R-407: Esta señal indica obligatoriedad para los ciclistas de conducir por el carril o vía donde se encuentre la señal.
Señal S-33: Se refiere a la presencia de una senda ciclista en el área
Señal R-505: Indica la finalización de la vía ciclista
R-407a + R-410: vía reservada para ciclistas y peatones
S-64 El ciclista solo puede circular por la vía que indica la señal, cada flecha representa cada carril y el sentido
Señal P-22 alerta la presencia de una zona con presencia de ciclistas o un área donde los ciclistas cruzan o salen de vía
¿Es obligatorio circular por el carril bici?
Si usas el carril bici debes saber quién regula la normativa de los carriles bici, por dónde puedes circular si no hay carril, el Reglamento de Circulación en España y cuándo estás obligado a circular por este.
En los últimos años se ha producido un aumento progresivo en el uso de la bicicleta como medio para desplazarse, hasta el punto de que la bici ha dejado de ser únicamente un medio para hacer deporte, para convertirse en uno de los sistemas de transporte más utilizado.
La proliferación de bicis y su uso cada vez más demandado requería la adaptación de las ciudades a la circulación de las mismas.
En muchas localidades se implantó el carril bici, siendo en algunas ciudades un sistema que ha funcionado muy bien para facilitar la circulación a los ciclistas y evitar accidentes.
Si eres usuario de la bici, te interesará conocer también cómo debes utilizar el carril bici y la normativa que los regula.
¿Quién regula la normativa de los carriles bici?
La normativa de los carriles bici está regulada por el Ayuntamiento de cada localidad. Por tanto, aunque algunas de las normas básicas serán comunes en todos los Reglamentos, cada ciudad puede establecer sus propias especificaciones a cumplir por los ciclistas, y no siempre son las mismas, pues cada uno recoge sus propios criterios.
El uso del carril bici y su utilización por parte de los ciclistas ha estado lleno de dudas e incluso polémicas sobre todo por la obligatoriedad o no de utilizarlo, que es la cuestión que genera más incertidumbre.
En este tema, hay que tener en cuenta lo que indica el Reglamento de Circulación, lo que indica la Dirección General de Tráfico, y, por último, lo que establece la normativa al respecto del Ayuntamiento de cada localidad, y es por intervenir unos y otros por lo que se generan confusiones y dudas.
¿Cuándo estoy obligado a circular por el carril bici?
El Reglamento General de Circulación indica en su artículo 36 que las bicicletas, en caso de que no exista vía o parte de ella que les esté especialmente destinada (es decir, un carril bici), deberán circular por el arcén de su derecha, si fuera transitable y suficiente, y si no lo fuera, deben utilizar la parte imprescindible de la calzada.
A esto se la añade la famosa señal circular R-407a, que obliga a las bicis a circular por el carril bici. Es una señal de obligatoriedad, que generaba dudas en zonas donde podía ser dudoso que se tratara de carriles bici o zonas especialmente habilitadas para circular en bicicleta.
La Dirección General de Tráfico resuelve la duda indicando que la señal R-407a indica que los carriles bici son exclusivamente para uso de los ciclistas y que cuando las señales lo indiquen, las bicis deberán circular por los mismos.
Esta postura de la DGT choca en ocasiones con la normativa municipal específica que al respecto establece cada localidad, al margen de las señales, creándose la polémica y las dudas sobre la obligatoriedad de su uso.
Ante ello, lo que debe tenerse en cuenta es que si hay un vacío normativo en el Reglamento será la normativa municipal la que deberá indicar lo que corresponda.
La norma general, pues, es que se recomienda usar el carril bici cuando existe, siendo obligatorio si la normativa municipal así lo establece, y cuando exista la señal R-407a, el uso del carril bici será obligatorio siempre.
¿Por donde puedo circular si no hay carril bici?
Cuando no hay carril bici, la normativa indica que el ciclista tiene que circular por el centro del carril, y siempre por el derecho, salvo en los casos en los que vaya a realizar un giro a la izquierda. Se insiste mucho en que se circule por el centro del carril para evitar que un vehículo invada el mismo y no respete la distancia de seguridad con el ciclista provocando un accidente.
No debemos olvidar que la bici está considerada un vehículo más, y que por tanto debe también respetar las normas de circulación como cualquier otro ocupante de la carretera.
En vías interurbanas los ciclistas deben circular por el arcén cuando exista, y pegándose lo más posible a la parte derecha para evitar que al ser rebasados por los vehículos puedan sufrir un accidente.
Además, cuando el ciclista circule por una vía transitada por peatones debe bajarse de la bicicleta y seguir caminando, de la misma manera que deben bajar de la bici cuando crucen por un paso de peatones.
Junto a estas medidas, el ciclista debe llevar casco, no utilizar auriculares mientras circula para poder estar atento a la circulación, circular de manera prudente y no hacerlo con exceso de velocidad y señalizar en todo momento cualquier maniobra que quiera hacer.
Reglamento de la circulacion en españa
El Reglamento General de Circulación recoge una serie de normas que afectan especialmente a los ciclistas, y que deberían ser conocidas por todos los usuarios de la bicicleta.
Así, destacamos el Título I (Normas Generales de comportamiento en la circulación), con varios capítulos que deben tenerse en cuenta, tales como:
- En el Capítulo 1, el artículo 5 de las Normas Generales sobre la señalización de obstáculos y peligros.
- En el Capítulo II (Carga de vehículos y transporte de personas y mercancías o cosas), destacamos el artículo 12 que regula las normas relativas a ciclos, ciclomotores y motocicletas, o el artículo 15 dedicado a las dimensiones de la carga en el transporte de mercancías o cosas.
- En el Capítulo IV y Capítulo V, los ciclistas se ven afectados también por la prohibición de circular habiendo ingerido bebidas alcohólicas o estimulantes, drogas o estupefacientes.
En el Título II del Reglamento, sobre la circulación de vehículos, los ciclistas también están afectados por la normativa referida a utilización de carriles, arcenes, circulación por arcenes, límites de velocidad, prioridad de paso, etcétera, destacando el artículo 64 sobre normas generales y prioridad de paso de los ciclistas en relación a otros usuarios de la vía.
En el Título III, sobre otras normas de circulación, destacamos los capítulos dedicados a puertas y apagado del motor (artículo 114 sobre cuidados al abrir las puertas de los vehículos si pasa algún ciclista), cinturón, casco y otros elementos de seguridad (artículo 118) y circulación por zonas peatonales (artículo 121).
En el Título IV del Reglamento, sobre la señalización, también encontramos artículos que son de obligado cumplimiento también para los ciclistas, relativos al respeto a las señales de los agentes o de circulación o señalización, marcas viales o señales de los vehículos.
En definitiva, el ciclista, como cualquier otro usuario de la vía, debe respetar las normas de circulación de la misma manera que los vehículos o las motocicletas.
Es recomendable, además, que, si se utiliza la bici de manera habitual, se contrate un seguro específico para bicicletas, que va a servir para estar cubiertos en caso de sufrir algún percance o tener un accidente.
Recomendaciones
- La primera y más importante es el uso del casco cuando se circula en bicicleta. Es la norma más importante y si os fijáis cuando vayáis paseando por la ciudad, es la que menos se cumple. Por norma general, los únicos que se desplazan en bicicleta con su casco obligatorio son los niños y niñas que están aprendiendo a circular en bici. Los padres que les acompañan, creerán que tienen una cabeza a prueba de golpes, y no es así. Todos debemos ponernos el casco para circular, sin excepción. Una caída tonta en la ciudad nos puede provocar un mal golpe en la cabeza, que se podría evitar con el uso del mismo.
- Cuando circulemos en horas de luz escasa debemos reducir nuestra velocidad de circulación y debemos tomar diferentes medidas que evitarán en gran medida incidentes sorpresa. Debemos llevar las luces reglamentarias de nuestra bici en buenas condiciones. Estas luces reglamentarias son una luz delantera amarilla o blanca, es indistinto y un piloto trasero que indique que “estamos ahí” cuando un vehículo se nos acerca por detrás.
- Podemos aumentar todavía más nuestra seguridad cuando circulamos por la ciudad o carreteras con el uso de brazaletes reflectantes en el brazo izquierdo ( ya que es el brazo que usarás para señalizar tus giros y así te aseguras de que te vean), pegando al casco tiras reflectantes que marquen con el reflejo de las luces por dónde vas circulando, con el uso de ropa de color claro o si fueran reflectantes, mejor aún si cabe.
- Cuando salgamos a pasear en bicicleta es conveniente que alguno de nuestros familiares o personas más cercanas sean conocedoras de ellos, y conozcan por dónde tenemos pensado circular por si nos ocurriera algún percance sepan por dónde buscarnos o por si simplemente tenemos una avería, vengan a auxiliarnos. Además es conveniente circular en bici acompañado, y si es posible llevar un teléfono móvil con nosotros que siempre nos será de gran ayuda.
- Debemos intentar evitar las vías de circulación con mucho tráfico y respetar a los demás usuarios: Cumplir con los semáforos e indicativos que están ahí para nosotros cuando circulamos en bicicleta ya que somos un vehículo, respetar a los peatones y los pasos de cebra, y sobre todo, respetar a los coches que circulan por la vía ya que cuando vamos en bici, nuestro cuerpo es el que recibe el golpe si se produce un impacto.
- En carretera y en ciudad, cuando vamos en bici debemos circular siempre por el arcén de la derecha y en las zonas con carril bici, por la derecha también. El carril bici no está entero para nuestro disfrute. Debemos circular siempre por nuestro lado, permitiendo que el ciclista que venga de cara circule tranquilamente por su carril. Cuando se va a adelantar o se va a realizar un giro, el ciclista debe indicarlo con su brazo y cerciorarse de que puede realizar dicha maniobra sin peligro para evitar accidentes.
- Cuando van a realizar un giro a la derecha deben indicar este movimiento al resto de automóviles, o peatones que van circularlo al mismo tiempo. Deben colocarse lo más a la derecha posible y avisar al resto levantando su brazo izquierdo formando un ángulo con el mismo de 90º. Lo mismo ocurre si vas a girar a la izquierda. Debes colocarte lo más a la izquierda posible para realizar el giro y debes avisar levantando tu brazo izquierdo de manera que forma un ángulo de 180º y realizar el giro cuando sea realmente seguro.
- Siempre debemos realizar los adelantamientos por la izquierda y en la medida de lo posible avisar con el timbre de nuestra bici de que vamos a realizarlo. Demos marcar el adelantamiento con el brazo extendido y por supuesto, al igual que ocurre cuando circulamos en coche, antes de realizar un adelantamiento debemos comprobar que no nos está adelantando otro vehículo, que tendría prioridad si ya hubiera iniciado su maniobra y evitar así un percance.
Normas de seguridad
- Límites de Velocidad: Fuera de los poblados, la velocidad máxima para ciclos, ciclomotores y cuadriciclos es de 45km/h, por su parte los ciclistas tienen permitido superar la velocidad máxima, siempre y cuando la vía lo permita. En las vías urbanas también debe respetarse la máxima velocidad de 45km/h.
- Uso de casco: todos los ciclistas menores de 16 años y que circulen por vías urbanas están obligados a utilizar cascos de seguridad homologados. También lo están los ciclistas que conduzcan por vías interurbanas sin importar, edad o clima.
- Circulación por aceras: los ciclistas tienen prohibido según la ley circular por las aceras u otras vías peatonales. Toma en cuenta que en cuenta que de atropellar a un peatón, serás culpable y deberás indemnizarlo.
- Respetar las señales de tráfico: Debes respetar semáforos, señales de stop y otras señales de tráfico. Si no lo haces, puedes ser multado entre 120-200 euros.
- Prendas reflectantes: el Reglamento General de Circulación menciona que los ciclistas deben utilizar una prenda reflectante en caso de que la visibilidad se dificulte. Esta debe ser visible al menos a 1.50 metros
- Alumbrado de la Bici: establece el reglamento que debes utilizar un reflectante rojo trasero, es obligatorio a cualquier hora del día. Además tu bici debe tener una luz trasera roja, la cual debes encender de noche y una delantera blanca. La idea no es mejorar tu visibilidad, sino que el resto de vehículos te vea.
- Móvil o auriculares: Al igual que como si condujeras un coche, no debes utilizar el teléfono móvil mientras conduces tu bici, primero porque puedes perder el equilibrio y segundo porque debes evitar distracciones Además está prohibido el uso de cascos y auriculares porque te impide escuchar el ruido de tu alrededor.
- Prioridad de paso: los ciclistas tiene prioridad de paso en situaciones específicas como por ejemplo: cuando un vehículo para a entrar a otra vía deba girar hacia la izquierda o derecha y haya un ciclista cerca; el ciclista esté circulando por carril bici o arcén; al circular en grupo y alguno de los ciclistas haya cruzado primero.
- Paso de Cebra: Cuando hagas uso de un paso de cebra deberás bajarte de la bicicleta y cruzas caminando. Solo en caso de que la señalización lo permita, se podrá cruzar conduciendo la bicicleta.
- Maniobras peligrosas: Está prohibido la realización de maniobras “peligrosas” como caballitos u otras acrobacias en las calles, incluso puedes ganarte una multa por realizarlas. Esta puede ir de 500 a 200 euros, dependiendo del caso.
¿Has tenido algún inconveniente en carril bici? Coméntanos tu experiencia