¿Qué pasa en un accidente de bici contra un coche? Cuando sufrimos un accidente de tráfico con un ciclista la primera duda que nos surge es quién abona los daños del vehículo. Para reclamar algo esencial es contar siempre con un parte amistoso de accidente de bicicleta

Lo primero es tener la seguridad de que la culpa exclusiva del accidente es del ciclista y para ello es fundamental que firme el parte amistoso o que se llame a la Policía Local para que se elabore el Atestado a fin de que establezcan la responsabilidad del ciclista.

Aun así reclamar los daños del vehículo al ciclista es complicado, el ciclista responde en base al art. 1902 del Código Civil que nos dice “El que por acción u omisión causa daño a otro, interviniendo culpa o negligencia, está obligado a reparar el daño causado”, por lo que si se demuestra la responsabilidad del ciclista, el coste de reparación del vehículo y las posibles lesiones producidas en el accidente han de ser abonadas por el ciclista con sus bienes presentes y futuros.

Si extrajudicialmente el ciclista no quiere abonar los gastos generados, hay que presentar Demanda por los daños sufridos en el accidente de circulación. En dicho caso el ciclista siempre va a querer demostrar la corresponsabilidad del conductor del vehículo, a fin de no tener que responder por el 100% de los daños.

En ocasiones si el ciclista tiene un seguro de hogar se puede reclamar daños accidente bicicleta, dichos gastos a la aseguradora con la cual tiene contratada la Póliza de Seguro de Hogar, la cual dentro de sus obligaciones y siempre que se demuestre la culpabilidad del ciclista, abonará los gastos. Para ello lo primero es ponerse en contacto con el ciclista y solicitarle la Póliza del Seguro de Hogar a fin de poder comprobar si tiene cubierto el accidente fuera del domicilio. En caso afirmativo será la Compañía la que abone; en caso negativo, la aseguradora notificará a través de carta la negativa argumentando en qué artículo de la póliza se excluyen dichas contingencias.

Para el caso de que se niegue y el ciclista crea que sí que tiene derecho a estar cubierto por el seguro, tendrá que acudir al defensor del asegurado, que es una figura dentro del propio seguro cuya misión es mediar entre el asegurado y la aseguradora y su decisión es obligatoria para la compañía.

En estos casos la aseguradora del vehículo puede facilitar un letrado a su asegurado o puede no querer ayudarle dejando a la elección de su asegurado la opción de elegir a un letrado externo que realice la reclamación teniendo a disposición del asegurado una cantidad para el abono del todo o parte de la minuta del letrado elegido.

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