Quedarse dormido al volante no es tan raro como parece, hoy comentamos que es lo que pasa si provocas un accidente al dormirte y cuales son los pasos. Según estadísticas de la fundación CEA, 15 millones de españoles admiten haberse dormido al volante por lo menos alguna vez, solo dos segundos de somnolencia son suficientes para producir un accidente. Según la Dirección General de Tráfico la somnolencia provoca el 30% de los accidentes generados por distracciones, de hecho aumenta de un 11% a 15% el riesgo de sufrir lesiones graves en accidente. ¿Sabes qué pasa en estos casos? Te lo explicamos.
¿Es un delito?
Solo conducir con somnolencia no es un delito en sí mismo, pero puede ser considerado una imprudencia grave si se provoca un accidente por este motivo. Este delito puede conllevar pena de cárcel en caso de accidentes mortales si así lo considera el juez, en 2014 un hombre fue condenado a 2,5 años de cárcel por el accidente que provocó la muerte de dos ciclistas en Menorca.
También en las Islas Baleares un conductor, pero esta vez en Palma de Mallorca, un conductor de 35 años que viajaba en su coche con cuatro ocupantes, incluidos sus dos hijos, se ha quedado dormido y arrancó un farol, cruzado la mediana e invadido el carril contrario, por lo que el conductor de otro vehículo tuvo que dar un volantazo para evitar colisionar con el coche que invadía su carril, subiéndose a la acera.
¿Tengo que pagar por los daños?
Si has provocado un accidente de tráfico por quedarte dormido tu compañía cubrirá materiales y lesiones del resto de involucrados, además tienes derecho a recibir tratamiento rehabilitador para tus lesiones, pero si tu póliza de seguros incluye solo los daños a terceros, deberás tu hacerte cargo de la reparación de tu coche.
Las pólizas de seguros tienen cláusulas específicas donde indican la posibilidad de repetir contra su cliente los gastos, esto es más común en casos en los que el conductor conduce bajo los efectos del alcohol o drogas, o en delitos graves en contra de la seguridad vial, sin embargo, tu compañía podría acogerse a esta cláusula para repetir en tu contra, pero no es común, en nuestro despacho no hemos visto este caso.
¿Soy la víctima?
Si lamentablemente te has visto involucrado en un accidente con un conductor que se ha quedado dormido, tienes derecho a recibir una recompensa por tus lesiones.
Generalmente las víctimas quieren saber ¿cuánto me corresponde por mi lesión? Cada caso es único y todo depende de las lesiones, el tiempo de curación y las posibles secuelas, debes tomar en cuenta que todo esto se basa en la documentación médica que tengas a tu disposición.
Los perjuicios que se compensan según el baremo de tráfico son:
- Perjuicio personal básico: se refiere al periodo de recuperación de la víctima en el que recibe tratamiento rehabilitador específico para su lesión, 30 euros por cada día.
- Perjuicio personal moderado: el periodo de baja laboral es de 52 euros diarios.
- Perjuicio personal grave/muy grave: si las lesiones derivadas del accidente han requerido de la hospitalización de la víctima, esta recibirá un resarcimiento de 75 euros o 100 euros si la vida del lesionado se ha visto comprometida.
También por lesiones contempla el pago por secuelas, es decir por las molestias residuales que quedan en la víctima, una vez terminado el tratamiento rehabilitador, estas secuelas se indemnizan de acuerdo al baremo de tráfico y se toma en cuenta la puntuación, también se toma en cuenta la edad del lesionado, para totalizar la cuantía a pagar.
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