¿Te preguntas si hay un parte amistoso de accidente quién paga? ¿Y si no lo hay? En muchas ocasiones, al sufrir un accidente de tráfico, no solo tenemos derecho a reclamar daños materiales y daños personales. Cualquier gasto o daño adicional que tengamos derivado del siniestro, sea médico o de otra índole, debe ser reclamado, al tratarse de un perjuicio directamente relacionado con un accidente en el que no hemos sido responsables, sino víctimas.
Sin embargo en ocasiones la falta de pruebas fehacientes de que hemos tenido estos gastos, dificultan o incluso impiden en ocasiones que la reclamación por estos conceptos salga delante de manera satisfactoria.
¿Cuales son los gastos que podemos reclamar?
Las consecuencias económicas de sufrir un accidente de tráfico van más allá de las lesiones o los daños en el vehículo, moto o bicicleta. El problema de la reclamación de estos gastos es que no siempre es fácil probarlo, y ya sabemos que por norma las aseguradoras van a denegar el pago de todo aquello que no esté debidamente justificado.

Los gastos más comunes que suelen reclamarse son:
- Gastos de desplazamiento, principalmente en taxi, a los centros médicos o de rehabilitación. Es importante para poderlos reclamar pedir el justificante correspondiente, donde conste la licencia del taxista, y el punto de salida y lugar de llegada, para demostrar que se trata de un desplazamiento normalmente a un centro médico. Este gasto es muy común en casos de lesionados que a causa de esas lesiones no pueden conducir, por ejemplo si están escayolados, o tomando medicación incompatible con la conducción, o impedidos por cualquier otro motivo demostrable médicamente.
- Gastos médicos, que incluyen por ejemplo los gastos de farmacia. Para reclamarlos hace falta pedir factura en la farmacia, a nombre del lesionado que va a reclamarlos, y preferentemente contar con la receta del médico que nos ha prescrito esa medicación. Si hemos tenido que pagar la rehabilitación por algún motivo (imposibilidad de realizarla en un centro concertado) o pagar una prueba médica (resonancia, ecografía, electromiograma) que no tenemos cubierta para demostrar la existencia de una lesión, siempre que haya sido prescrita por el médico que nos hace el seguimiento, podremos reclamarlo siempre que esté dentro del periodo de estabilización lesional, es decir, del tiempo de curación de nuestras lesiones.
- En el caso de los motoristas, los gastos del casco, guantes, cazadora o indumentaria que llevábamos en el momento del siniestro. Es fundamental conservar todos los objetos dañados, porque en muchas ocasiones las aseguradoras exigen verlos o incluso peritarlos. El problema surge porque necesitamos la factura de compra de esos objetos y en muchas ocasiones no la conservamos, en cuyo caso debe pedirse un duplicado. Es muy discutible que esos gastos los paguen las compañías si pedimos una factura proforma o presupuesto de, por ejemplo, un casco similar al dañado, y en cualquier caso al tratarse de un objeto usado y no nuevo, nunca nos van a pagar el total del mismo, por la pérdida de valor ocasionada con el uso.
- Gastos por rotura o daño de objetos tales como relojes, móviles o gafas de sol o de ver, que llevábamos encima en el momento del accidente. Además de conservar los objetos, debemos acreditar que los portábamos en el momento del siniestro. Puede ser sencillo demostrar el daño en unas gafas de ver si somos conductores y las necesitamos para conducir, por ejemplo.
¿Están dispuestas a pagar los gastos las aseguradoras?
Como ya hemos visto, partimos de la base de que la aseguradora que tiene que indemnizarnos no va a regalarnos nada, por lo que deberemos reunir todos los medios de prueba que podamos para acreditar la existencia de esos daños o gastos y poderlos reclamar.
Es importante tener en cuenta que los gastos que vamos a reclamar tienen que haber sido pagados por el reclamante, es decir, la víctima del siniestro. No sirve de nada reclamar una factura de farmacia que ha pagado nuestra madre porque no podemos acreditar que la hemos pagado nosotros. Si se trata de un menor de edad la factura de gastos deberá ir a nombre de cualquiera de sus progenitores o tutor legal.
Por otro lado la aseguradora no pagará ningún gasto que no esté acreditado que es consecuencia directa del accidente. De ahí la importancia de hacer constar, para evitar problemas en ese sentido, en el Atestado, parte de accidente o parte amistoso que esos objetos que vamos a reclamar los portábamos en el momento de sufrir el siniestro, para que luego la aseguradora responsable no nos ponga pegas para abonar esos gastos.
De la misma forma los gastos de desplazamiento en taxi, por ejemplo, a un centro médico o de rehabilitación, se abonarán por la aseguradora si son razonables, es decir, si realmente eran necesarios (por ejemplo porque tenemos una mano o una pierna escayolada). Pero si sufrimos una lesión de cuello, podremos justificar que tenemos que desplazarnos en taxi los primeros días, pero no durante los dos o tres meses que dure el tratamiento, porque habrá un momento en que podamos desplazarnos en nuestro vehículo o en transporte público. En esos casos conviene pedir factura a nuestro nombre del gasto en gasolina o justificantes del uso de transporte público para ir y volver al centro de rehabilitación, gastos que en el caso de lesionados en zonas rurales suelen ser elevados, ya que en ocasiones se tienen que desplazar muchos kilómetros hasta poblaciones mayores para recibir el tratamiento médico al no contar con centros concertados en sus localidades.
¿Como se reclaman los gastos?
La reclamación de los gastos derivados del accidente se realiza junto con la reclamación de la indemnización que nos corresponda por lesiones o/y daños materiales. Lo recomendable siempre es acudir a LegalCar para que nos gestione la reclamación integra, porque si nos ponemos a enviar por nuestra cuenta tickets, facturas o gastos a la aseguradora, lo normal es que nos encontremos directamente con el NO por respuesta.
Legalcar nos indicará qué gastos se pueden reclamar en cada caso concreto y nos dará instrucciones para localizar o solicitar los documentos, facturas, o justificantes que sean necesarios para acreditar de manera clara esos gastos y que a la hora de reclamar la aseguradora no nos ponga problemas.
En caso de que la reclamación no prospere de manera amistosa, siempre quedará la opción de interponer un procedimiento judicial contra la aseguradora, para lo que necesitaremos siempre contar con asistencia jurídica.
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