El artículo 379 del Código Penal marca el tipo  legal del delito de alcoholemia, es decir, el delito que se comete cuando conducimos con una tasa de alcohol superior a 0.6 mililitros por litro en aire espirado o, cuando siendo la tasa inferior a ésta, la conducción está influenciada por la ingesta de alcohol.

Las consecuencias legales previstas para este delito son la retirada del carné, antecedentes penales y bien privación de libertad, trabajos en beneficio de la comunidad o multa.

Pero, ¿Cómo puede repercutir esto en nuestras vidas personales y profesionales? 

Parece que este delito, que la Ley califica como leve, no tiene una repercusión importante en nuestras vidas más allá de la retirada del permiso de conducción, lo cual supone un trastorno cotidiano para los miles de personas que somos conductores, tanto en nuestras facetas profesionales como de ocio. Pero no suele implicar una condena por alcoholemia.

Pero vamos a analizar qué otros problemas nos pueden surgir tras ser condenados por este delito:

Existen ocasiones en las que es muy importante no contar con antecedentes penales. Hablamos, por ejemplo, de aquellos casos en los que estamos opositando a un cuerpo de Seguridad del Estado, a una Judicatura, etc. En estos casos, los antecedentes que se nos aplican pueden afectar gravemente a la obtención de nuestra plaza.

Pero esto puede ir más allá, pensemos en la situación de solicitud de nacionalidad española. Para la concesión de ésta se revisan los antecedentes penales de la persona solicitante, siendo éste un aspecto que puede provocar la denegación de nuestra nacionalidad. Por tanto, tenemos aquí una consecuencia muy grave en nuestra vida personal de este delito.

¿Cómo más nos puede afectar tener estos antecedentes? Vamos a pensar en algo tan simple como un viaje al extranjero en nuestro tiempo de vacaciones. Muchos son los países en los que para poder entrar piden como requisito no tener antecedentes penales. Por tanto, esta actividad de ocio también se puede ver muy perjudicada.

¿Cómo podemos cancelar los antecedentes? Es muy sencillo ya que podemos hacerlo por tres vías: de forma presencial, por correo o a través de internet. Además de acreditar nuestra documentos acreditativos es necesario aportar el Módelo-Formulario de Solicitud de cancelación de antecedentes penales, que puede ser a través del modelo oficial del Ministerio de Justicia o a través de un escrito del interesado donde se solicite de forma expresa nuestra pretensión.

Una vez presentada la instancia, el plazo de tramitación es de 3 meses. Si transcurrido este plazo no hemos tenido respuesta alguna, nuestra solicitud de cancelación se entiende aceptada.