La desprotección que sufre el motorista en caso de accidente es mucho mayor que la que puede tener el conductor. Las lesiones que se producen suelen también ser más graves y, como consecuencia, las indemnizaciones son más elevadas.

En un accidente de moto la indemnización económica siempre dependerá del tipo de daños sufridos. Estas incluyen todo tipo de perjuicio. Es decir, se cubren tanto los daños materiales sufridos en la moto, casco, guantes, indumentaria etcétera; como los personales, es decir, las lesiones.

El acompañante del conductor podrá reclamar los daños siempre e independientemente de quién haya sido el culpable, ya que tiene la consideración de ocupante.

En lo referente a la reclamación por daños materiales, aquí todo transcurre de manera más automática. Damos el parte a la aseguradora que ordenará una peritación de los daños, si los daños son superiores al valor venal de la moto, se abonan éstos, si no se realiza la reparación de la moto.

Reclamación de la indemnización por accidente de moto

Es posible tramitar una reclamación derivada de un accidente de moto y recibir una indemnización por los daños personales y materiales cuando el motorista no es el responsable del accidente.

Los daños personales más leves y frecuentes en los accidentes de moto son lesiones cervicales y lumbares, así como lesiones en codos, hombros y rodillas. La valoración económica de dichas lesiones obedece a la gravedad de las mismas, el tratamiento y las pruebas médicas y si nos quedan o no secuelas por el accidente.

Con respecto a los daños materiales, es necesario que el responsable del accidente reconozca su culpabilidad para que su seguro nos abone los daños de nuestra moto. Cuando el coste del arreglo de la moto es mayor que el valor venal del vehículo, pasa a ser declarado siniestro.

Para reclamar, la legislación ofrece dos vías:

Vía extrajudicial

Esta vía supone un intento amistoso de tramitar con la entidad aseguradora responsable del accidente un acuerdo que pueda satisfacer el perjuicio sufrido.

Vía judicial civil

La vía civil tiene el plazo de un año para iniciarse, siendo la Demanda el escrito que inicia la reclamación. Esta Demanda debe contener la cuantía exacta que la víctima reclama por los daños sufridos, que deberán ser peritados por los especialistas oportunos (las lesiones por un médico perito especialista en valoración de daño corporal). La víctima debe costearse esta vía en cuanto a gastos de procurador y peritos.

Indemnización de accidente de moto como copiloto

Muchos copilotos que viajan de paquete en una moto pueden dudar si tienen derecho a reclamar una indemnización si el piloto de la moto en la que viajan es culpable del accidente de tráfico sufrido.

La respuesta es clara: el copiloto de una moto es ocupante, y el ocupante siempre tiene derecho a reclamar por sus daños.

Es decir, en este caso es indiferente quien haya tenido la culpa en el siniestro, lo único que debe tenerse en cuenta es conocer quién es responsable del accidente, para saber a qué aseguradora debe reclamarse.

Indemniazición por gastos médicos derivados de un accidente de moto

Por lo general, la compañía aseguradora del vehículo responsable del accidente se hará cargo de los gastos médicos de manera amistosa, sin necesitar de un proceso judicial para reclamarlos. Pero lamentablemente no todos los casos son así.

También es habitual encontrarse casos en los que las compañías rechazan el pago por adelantado de los gastos médicos, obligando al motorista, víctima de un siniestro, a costearse sus gastos médicos y después reclamarlos judicialmente.

Generalmente es una estrategia utilizada por las compañías de seguros para minimizar las cuantías de las indemnizaciones: si la víctima no puede costearse sus gastos, sus lesiones no podrán quedar tan bien demostradas y, por tanto, la cuantía de la indemnización por accidente de moto será menor.

El siniestro total de una moto

Un siniestro total implica la pérdida del vehículo, queda inutilizado y por tanto sin posibilidades de reparación. Para su valoración, habrá que tener en cuenta una serie de factores, como la antigüedad del vehículo.

Cuando los daños materiales del vehículo peritado superan el valor de mercado o valor venal del mismo, o cuando los desperfectos sufridos no pueden arreglarse, nos lo van a declarar siniestro total.

Si nuestro coche tiene 3 o 4 años, las compañías suelen ofertar el llamado “valor venal mejorado”, que supone un pequeño incremento a percibir, o el también conocido como “valor de afección” que tiene un margen de entre el 10 y el 50% por encima del valor venal, dependiendo de factores como la antigüedad el vehículo o los extras o mejoras introducidos en el mismo.

Trámites del juicio

Muchos de los accidentes de moto donde existan víctimas con daños, tanto materiales como personales, pueden tramitarse de manera extrajudicial, y con la debida asistencia de Legalcar, solucionarse acudiendo a una negociación con la compañía de seguros obligada al pago.

Cuando en un accidente no existen dudas sobre quien ha sido el culpable del mismo, es más sencillo propiciar el acuerdo amistoso, ya que, si la compañía de seguros niega la responsabilidad, es casi seguro que habrá que acudir a un procedimiento judicial.

La carga de la prueba corresponde siempre a la víctima, es decir, que será la misma quien tenga que demostrar que no tiene la culpa exclusiva del accidente, ya que en ese caso no podría reclamar. Se dan casos de responsabilidad compartida (concurrencia de culpas), y supuestos en los que la aseguradora niega la indemnización pese a que se tengan pruebas sobre la dinámica del siniestro, que por una u otra razón la compañía considere insuficientemente probado.

Por ello todos los trámites previos a la negociación de la indemnización de accidente de moto con la aseguradora son fundamentales y tienen que hacerse bien, ya que la interposición de una demanda que desemboque en un juicio por accidente de moto tiene que hacerse con ciertas garantías de éxito para la víctima, pues existe el riesgo de perder el pleito y ser condenado en costas, por lo que recomendamos que se hagan estas gestiones de la mano de especialistas como las de LegalCar.

Gestión de papeles

Es claro que, para interponer un procedimiento judicial, la víctima va a necesitar, entre otras cosas, un abogado y un procurador, y que, para esta disciplina concreta, tiene que ser un profesional especialista en accidentes de tráfico, que conozca a fondo la normativa y con dilatada experiencia en la materia.

El proceso de negociación no comienza hasta que la víctima se encuentra estabilizada de sus lesiones y es cuando pueden cuantificarse los daños el momento en el que se requiere de pago a la compañía. En ocasiones la misma puede realizar al perjudicado uno o varios pagos a cuenta de la indemnización final, sobre todo en los casos de lesionados de larga duración.

No obstante, estos pagos deben gestionarse también de manera adecuada y revisados por un abogado para evitar que la víctima pueda aceptar por desconocimiento o error ofertas que no son correctas o que no recogen la totalidad de los conceptos a los que tiene derecho.

Tiempos del juicio

En el momento en que se llega a un punto muerto en la negociación, y la aseguradora niega responsabilidad, la discute, o la oferta es insuficiente, es momento de valorar la interposición de un procedimiento judicial civil contra la compañía de seguros.

El tiempo de duración de estos procedimientos es largo, sobre todo debido a la lentitud y saturación de trabajo de nuestros Juzgados y Tribunales, lo que implica que el proceso puede demorarse años, según el caso.

Accidente de moto sin terceros implicados

Ya sabemos que NO podemos reclamar si somos culpables de un accidente.

Sin embargo puede darse el caso de sufrir un accidente donde no hay terceros implicados, como por ejemplo puede ser salirse de la calzada, chocar contra un elemento de mobiliario urbano, etcétera.

En estos supuestos, el conductor no puede reclamar, puesto que es el responsable del accidente. Ahora bien, si en ese vehículo viajan otras personas que tienen la consideración de ocupantes, tendrán derecho a percibir una indemnización en caso de haber sufrido lesiones y daños siempre.

Solicitar una incapacidad por accidente de moto

La incapacidad derivada de un accidente de moto puede ser parcial, total y absoluta, además de la gran invalidez en caso de lesiones gravísimas.

El Baremo de Tráfico establece 4 tipos de perjuicios dependiendo de la gravedad, asignando unas cuantías indemnizatorias en cada caso que varían entre un mínimo y un máximo.

  • El perjuicio moderado leve se equipara a la incapacidad permanente parcial, para los casos de víctimas con secuelas que les impiden realizar algunas tareas básicas de su vida normal, o de su profesión habitual, y se paga con una indemnización que oscila entre los 1.500 y los 15.000 euros dependiendo de cada caso concreto.
  • El perjuicio moderado moderado sería el equivalente a una incapacidad permanente total, para los supuestos en los que a consecuencia de las secuelas que le quedan a la víctima, esta no puede hacer una parte importante de las actividades de su vida normal o habitual, o para los casos en los que no pueden desempeñar su profesión habitual, y se paga una indemnización que oscila entre 10.000 y 50.000 euros según cada caso concreto.
  • El perjuicio moderado grave, que se equipara a una incapacidad permanente absoluta, para aquellos casos en los que las secuelas sufridas por la víctima van a implicar la pérdida de su autonomía personal para hacer algunas de las actividades esenciales de su día a día, o les supone no poder realizar ni trabajar en ninguna profesión ni oficio, y las indemnizaciones en estos casos van a oscilar entre 40.000 y 100.000 euros.

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