Estudiamos tu caso

    Te asignamos un especialista que luche por tus derechos como familiar del fallecido.

    Abogado especialista en accidentes de tráfico Legalcar
    Joaquín Torres
    Socio Director · Legalcar Abogados
    ✔ Contenido verificado por abogado especialista

    Para familias que han perdido a un ser querido en un accidente de tráfico · Acompañamiento y asesoramiento especializado

    Si estás leyendo esto es porque has perdido a alguien que querías. Lo sentimos profundamente.

    En este momento lo último en lo que deberías estar pensando es en trámites, aseguradoras y plazos. Pero también sabemos que, cuando el dolor sea algo menos agudo, llegará la pregunta sobre qué derechos tienes y qué puedes reclamar. Estamos aquí para responderla, al ritmo que necesites.

    Perder a un familiar en un accidente de tráfico es una de las experiencias más devastadoras que puede vivir una familia. Es un golpe repentino, sin avisar, que lo cambia todo. En Legalcar llevamos más de quince años acompañando a familias en esta situación y sabemos que cada caso, cada familia y cada historia es diferente.

    Lo que sí es igual en todos los casos es que la ley protege a los familiares perjudicados. Cuando el fallecimiento se produce por la responsabilidad de un tercero, existe una indemnización a la que tenéis derecho — una compensación económica que, aunque no repara el daño emocional, ayuda a la familia a afrontar la nueva situación con más estabilidad.

    🎥 Nuestros abogados te explican
    Joaquín Torres, Socio Director de Legalcar, te explica cómo acompañamos a las familias que han perdido a un ser querido en un accidente de tráfico

    🤝 Acompañamiento desde el primer momento

    Legalcar tiene un Departamento de Fallecidos y Grandes Lesionados especializado en este tipo de casos. Te asignamos un abogado que conocerá tu caso al detalle y estará disponible para ti durante todo el proceso.

    ⚖️ Reclamamos lo que os corresponde

    Gestionamos toda la tramitación frente a la aseguradora para que la familia no tenga que preocuparse por nada más. Calculamos todos los conceptos del Baremo 2026 para que ningún derecho quede sin reclamar.

    La consulta inicial es completamente gratuita y sin compromiso. Puedes llamarnos, escribirnos por WhatsApp o simplemente contarnos lo que ha pasado y nosotros te orientamos sobre los pasos siguientes. No hay prisa — pero sí hay plazos legales que es importante conocer.

    Consulta gratuita y confidencial · Disponibles 24h · Solo cobramos si vosotros cobráis

    Despacho líder en accidentes de tráfico y delitos contra la seguridad vial
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    La ley protege a los familiares más cercanos — y los herederos no son siempre los mismos que los perjudicados

    ¿Quién tiene derecho a reclamar la indemnización por fallecimiento?

    Es importante entender un matiz legal crucial: los perjudicados y los herederos no son necesariamente las mismas personas. La indemnización por fallecimiento en accidente de tráfico no forma parte de la herencia. Es un derecho propio de cada familiar perjudicado, independiente del reparto hereditario y de si hay testamento o no.

    La Ley de Responsabilidad Civil y Seguro en la Circulación de Vehículos a Motor reconoce el derecho a reclamar a cinco categorías de perjudicados, que pueden reclamar de forma simultánea y sin que la indemnización de uno reduzca la del otro:

    1
    💍 Cónyuge viudo o pareja de hecho

    El cónyuge superviviente no separado legalmente o de hecho. La ley equipara plenamente al miembro superviviente de una pareja de hecho estable inscrita en un registro público, o que haya convivido al menos un año antes del fallecimiento (o menos tiempo si tienen un hijo en común).

    2
    👶 Hijos (descendientes)

    Todos los hijos del fallecido, con independencia de su edad. La cuantía varía según la edad del hijo en el momento del accidente: a menor edad, mayor indemnización. Los nietos solo tienen este derecho cuando su progenitor (el hijo del fallecido) hubiera fallecido previamente.

    3
    👴 Padres (ascendientes)

    Los progenitores del fallecido. La cuantía depende de la edad que tenía el hijo en el momento del accidente. Los abuelos solo adquieren este derecho cuando el progenitor de su rama familiar hubiera fallecido previamente.

    4
    👫 Hermanos

    Los hermanos del fallecido tienen derecho a indemnización como categoría propia e independiente. La cuantía varía según su edad en el momento del accidente: si tenían hasta 30 años o más de 30.

    5
    🏠 Allegados

    Personas que no encajan en las categorías anteriores pero que convivían con la víctima al menos durante los 5 años inmediatamente anteriores al accidente y mantenían con ella una especial relación de afectividad o parentesco.

    💡 Cada perjudicado tiene su propia indemnización. A diferencia de una herencia, las indemnizaciones por fallecimiento en accidente de tráfico no se reparten entre todos los perjudicados. Cada persona tiene derecho a la suya propia, que no reduce la de los demás. Que un cónyuge cobre su indemnización no afecta a lo que cobren los hijos, los padres o los hermanos.

    👫 ¿No estabais casados? Si erais pareja de hecho y convivíais, tienes exactamente los mismos derechos que un cónyuge. La ley exige que la pareja esté inscrita en un registro público o que haya convivencia acreditada de al menos un año. En Legalcar te ayudamos a documentar correctamente esta situación para que ningún derecho quede sin ejercer.

    Cuantías oficiales actualizadas al 2,9% · Baremo de Tráfico 2026 · Tabla 1.A

    Indemnizaciones por fallecimiento en accidente de tráfico en 2026

    Las cuantías que la ley reconoce a cada familiar perjudicado están recogidas en la Tabla 1.A del Baremo de Tráfico 2026, actualizada con una subida del 2,9% respecto a 2025. A continuación encontraréis las cuantías orientativas por categoría de perjudicado.

    Estas cuantías son el punto de partida de la reclamación, no el punto final. A ellas se suman conceptos complementarios (perjuicio personal particular, lucro cesante, perjuicio patrimonial) que pueden incrementar significativamente el total. Os lo explicamos en detalle en el siguiente bloque.

    Supuesto
    Cuantía orientativa 2026
    💍 Cónyuge o pareja de hecho
    Víctima de hasta 67 añosHasta 15 años de convivencia
    117.622,06 €
    Víctima mayor de 67 añosCuantía reducida según tramo de edad
    Variable
    👶 Hijos (descendientes)
    Hijo menor de 14 añosSin cónyuge supérstite
    117.622,06 €
    Hijo entre 14 y 30 añosCuantía según tramo de edad
    65.345,59 – 117.622,06 €
    Hijo mayor de 30 años
    39.207,35 €
    Nieto (si el hijo del fallecido premuerto)Solo cuando el progenitor ha fallecido anteriormente
    19.603,68 €
    👴 Padres (ascendientes)
    Cada padre — hijo fallecido hasta 30 años
    91.483,83 €
    Cada padre — hijo fallecido mayor de 30 años
    52.276,47 €
    Abuelo (si progenitor de esa rama premuerto)
    19.603,68 €
    👫 Hermanos
    Hermano hasta 30 años
    26.138,24 €
    Hermano mayor de 30 años
    19.603,68 €
    🏠 Allegados
    Allegado conviviente5 años de convivencia inmediatamente anteriores
    19.603,68 €

    ⚠️ Estas cuantías son solo la base. La indemnización real que corresponde a cada perjudicado puede ser significativamente mayor una vez que se suman los conceptos del Perjuicio Personal Particular (Tabla 1.B), el lucro cesante por dependencia económica y el Perjuicio Patrimonial. Un caso con varios perjudicados, con dependencia económica acreditada o con perjuicios excepcionales puede superar fácilmente los 300.000 – 500.000 euros en total.

    💡 Cada familia y cada caso son distintos. Las cuantías de la tabla son importes base que el Baremo garantiza como mínimo. En Legalcar analizamos cada situación al detalle para identificar todos los complementos aplicables y conseguir la indemnización completa que corresponde a cada perjudicado.

    La cuantía base del Baremo es solo el punto de partida — la indemnización real puede ser mucho mayor

    Todos los conceptos que se pueden reclamar por el fallecimiento

    La indemnización por fallecimiento en accidente de tráfico no se limita a la cuantía básica que aparece en las tablas del Baremo. Existen tres bloques de conceptos que se suman a esa cantidad base y que en muchos casos multiplican el total. Las aseguradoras nunca mencionan todos voluntariamente.

    📋 Los tres bloques indemnizables

    💙
    1. Perjuicio Personal Básico (Tabla 1.A)

    Es la cuantía fija que el Baremo asigna a cada categoría de perjudicado según el parentesco. Está tasada en la tabla y no requiere prueba adicional más allá de acreditar el vínculo familiar. Es el punto de partida que vimos en el bloque anterior.

    💛
    2. Perjuicio Personal Particular (Tabla 1.B) — el más variable

    Son complementos adicionales a la cuantía básica que reconocen circunstancias especiales que agravan el daño moral. Entre los más frecuentes están: la convivencia con la víctima (incremento automático para descendientes), la discapacidad del perjudicado (+25% a +75%), ser el único perjudicado familiar (+25%), la pérdida del único progenitor (+25% o +50% para hijos) o la pérdida de un feto por el accidente (cuantía fija). Cada circunstancia especial suma porcentajes sobre la cuantía básica.

    💚
    3. Perjuicio Patrimonial (Tabla 1.C) — daños económicos reales

    Cubre las pérdidas económicas concretas que sufre la familia como consecuencia directa del fallecimiento. Se divide en dos partes: el daño emergente (gastos directos como el funeral, traslado del cuerpo, lápida, etc.) y el lucro cesante (los ingresos que el fallecido aportaba a la familia y que ahora ya no existen). Este último concepto puede representar sumas muy elevadas cuando la víctima era el sustentador principal del hogar.

    💶 Gastos y pérdidas que se pueden reclamar dentro del Perjuicio Patrimonial

    ⚰️ Gastos de funeral y entierro

    Todos los gastos del sepelio, tanatorio, incineración o entierro. Hay una cantidad básica tasada por el Baremo y se puede reclamar el exceso acreditando las facturas.

    🚑 Gastos de traslado del fallecido

    Desplazamiento del cuerpo desde el lugar del accidente hasta el lugar de sepelio, cuando hay distancia.

    💰 Lucro cesante — ingresos perdidos

    Los ingresos netos que el fallecido habría generado en el futuro y que sus dependientes económicos han dejado de percibir. Para el cónyuge e hijos menores de 30 años se presume la dependencia sin necesidad de acreditarla.

    👩‍⚕️ Gastos médicos previos al fallecimiento

    Si la víctima sobrevivió un tiempo al accidente antes de fallecer, los gastos de hospitalización, tratamiento y cuidados son reclamables íntegramente.

    🏠 Gastos de adaptación del hogar

    Si el fallecimiento genera la necesidad de readaptar el domicilio familiar (por ejemplo, para una familia con hijos pequeños que pierde al cuidador principal).

    🎗️ Daños psicológicos acreditados

    El trastorno de duelo complicado, el estrés postraumático o cualquier daño psicológico acreditado mediante informe de un profesional puede reclamarse como concepto adicional.

    ℹ️ ¿El familiar también resultó herido en el accidente? Si uno de los perjudicados por el fallecimiento estuvo también en el vehículo y sufrió lesiones propias, tiene derecho a dos indemnizaciones independientes: una como perjudicado por el fallecimiento del familiar y otra por sus propias lesiones. Ambas se reclaman de forma separada y ninguna reduce a la otra.

    Cómo funciona el proceso — y cómo Legalcar gestiona cada paso para que la familia no tenga que preocuparse por nada

    Cómo reclamar la indemnización por fallecimiento

    Sabemos que en este momento lo último que quiere una familia es tener que gestionar trámites, plazos y negociaciones con aseguradoras. Por eso en Legalcar nos ocupamos de absolutamente todo, desde el primer contacto hasta que la familia recibe la indemnización. Así es como funciona el proceso:

    🤝 Así trabajamos en Legalcar en casos de fallecimiento

    1
    Primera consulta gratuita — Sin compromiso y sin prisa. Nos cuentas lo que ha pasado y te explicamos qué derechos tiene la familia y cuál sería la indemnización aproximada.
    2
    Asignación de abogado especialista — Te asignamos un abogado del Departamento de Fallecidos y Grandes Lesionados que conocerá vuestro caso al detalle y será vuestro interlocutor durante todo el proceso.
    3
    Identificación de todos los perjudicados — Determinamos quién tiene derecho a reclamar en la familia, qué categoría corresponde a cada uno y qué complementos son aplicables.
    4
    Reclamación extrajudicial — Presentamos la reclamación formal a la aseguradora del responsable. La compañía tiene 3 meses para hacer una oferta motivada. Negociamos hasta obtener la máxima indemnización posible.
    5
    Vía judicial si es necesario — Si la aseguradora no ofrece una cantidad justa, defendemos el caso ante los tribunales. La familia no necesita estar presente en los trámites judiciales salvo en la vista oral.
    6
    La familia cobra su indemnización — Nuestros honorarios se calculan sobre la indemnización que recibís. Si no cobráis, no nos debéis nada.

    ⚖️ Vía civil

    Reclamación directa contra la aseguradora

    La vía más habitual y rápida. Se reclama directamente a la aseguradora del vehículo responsable del accidente. Es obligatorio intentar un acuerdo extrajudicial antes de presentar demanda.

    • Plazo de respuesta de la aseguradora: 3 meses
    • Se puede cerrar acuerdo sin necesidad de ir a juicio
    • Si no hay acuerdo, se presenta demanda civil
    • Duración aproximada en vía judicial: 6-18 meses

    🔒 Vía penal

    Cuando hay un presunto delito detrás del accidente

    Se abre cuando el conductor responsable presuntamente cometió un delito: conducción con alcoholemia o drogas, sin carné, exceso de velocidad extremo o imprudencia grave. Ofrece la posibilidad de una condena penal al responsable.

    • Se puede actuar como perjudicado (pasivo) o como denunciante (activo)
    • El Ministerio Fiscal sostiene la acusación penal
    • La indemnización civil se determina en la misma sentencia
    • Se puede llegar a acuerdo en cualquier fase del proceso

    ⏱️ Plazo para reclamar: El plazo general de prescripción en estos casos es de 1 año desde la fecha del accidente. En casos de vía penal, el plazo puede verse afectado por el desarrollo del proceso judicial. Es importante no esperar: cuanto antes contactes con un especialista, más pruebas se pueden preservar y mejor se puede preparar la reclamación.

    Consulta gratuita y confidencial · Disponibles 24h · Solo cobramos si vosotros cobráis

    Las dudas más frecuentes de las familias que han perdido a un ser querido en un accidente de tráfico

    Preguntas frecuentes sobre la indemnización por fallecimiento

    Sabemos que en momentos como este surgen muchas dudas. Intentamos responder aquí las preguntas más frecuentes con la mayor claridad posible.

    Sí, siempre que no haya transcurrido el plazo de prescripción, que generalmente es de 1 año desde la fecha del accidente. Si estáis dentro de ese plazo, aún podéis reclamar. Si hay un proceso penal abierto, el plazo puede verse modificado. Consultadnos aunque creáis que es tarde — en muchos casos todavía hay recorrido.

    Las primeras ofertas de las aseguradoras en casos de fallecimiento suelen recoger solo la cuantía básica de la tabla, omitiendo los complementos del Perjuicio Personal Particular, el lucro cesante y los gastos patrimoniales. Antes de firmar nada, consultadnos. El análisis es gratuito y en 24-48 horas os decimos si la oferta es justa o si podéis conseguir más. No estáis obligados a aceptarla.

    Depende de si se llega a acuerdo extrajudicial o si hay que ir a juicio:

    • Vía extrajudicial con acuerdo: habitualmente entre 4 y 12 meses.
    • Vía civil con juicio: entre 12 y 24 meses dependiendo del juzgado.
    • Vía penal: depende del proceso judicial, puede extenderse más tiempo.

    En Legalcar priorizamos siempre la vía extrajudicial para que la familia reciba la indemnización lo antes posible, sin renunciar a la cantidad que le corresponde.

    Sí. Todos los hijos del fallecido tienen derecho a indemnización como perjudicados directos, independientemente de si convivían o no con él en el momento del accidente. La cuantía base está tasada por edad y no requiere acreditar convivencia. Lo que sí puede variar en función de la convivencia son algunos complementos del Perjuicio Personal Particular.

    Si hay concurrencia de culpas (responsabilidad compartida entre el fallecido y el otro conductor), la indemnización de los perjudicados se reduce proporcionalmente al porcentaje de culpa del fallecido. Por ejemplo, si se determina que la víctima tuvo un 30% de responsabilidad, los perjudicados cobrarán el 70% de la indemnización que les correspondería. En estos casos es fundamental la defensa jurídica especializada para reducir al máximo el porcentaje de culpa atribuido al fallecido.

    En la mayoría de casos no es necesario ir a juicio. La gran mayoría de reclamaciones por fallecimiento se resuelven de forma extrajudicial, negociando directamente con la aseguradora. Si fuera necesario ir a juicio, los perjudicados solo tendrían que comparecer en la vista oral cuando el juez lo requiera. Legalcar gestiona todos los trámites administrativos y judiciales para que la familia tenga que preocuparse lo menos posible.

    Nada si la familia no cobra. Trabajamos al 100% a éxito: nuestros honorarios se calculan como un porcentaje de la indemnización que finalmente recibe la familia. Si no conseguimos indemnización, no cobramos absolutamente nada. Antes de empezar os explicamos con total transparencia cómo funciona nuestra minuta. La primera consulta es siempre gratuita, confidencial y sin compromiso.