Dice Valentín Rodil, psicólogo especialista en duelo, que perder a un ser querido de forma repentina es como el tsunami de la película “Lo imposible”. Es una gran ola de emociones que sobrepasa a quien le atraviesa y que es imposible de controlar. Perder a un ser querido en un accidente de tráfico es un hecho imprevisto y traumático. Más abajo podrás ver las entrevistas que hemos grabado con psicólogos especialistas en la materia, que nos ayudan a diario a acompañar a las víctimas.

En este vídeo nuestro director jurídico Joaquín Torres charla con Valentín Rodil, psicólogo especialista en duelo y responsable de la UVI móvil del Centro de Escucha del Centro San Camilo (Madrid), de cómo ayuda a personas que acaban de perder un ser querido.

Solo en el año 2021, se produjeron 921 siniestros viales con fallecidos entre los implicados, sumando un total de 1.004 personas fallecidas por esta causa. Aunque es una cifra menor que en años anteriores no deja de ser un número elevado que debemos, entre todos, luchar por disminuir, ya que muchos de estos siniestros son causados por un mal uso del vehículo (conducción bajo los efectos del alcohol o las drogas, por ejemplo) o por imprudencias (uso del teléfono móvil, por ejemplo).

Año tras año en LegalCar acompañamos a familias que han perdido un familiar en accidente de tráfico. Les ayudamos en el proceso del duelo y en toda la gestión de la correspondiente indemnización cuando hay un responsable detrás de ese fallecimiento.

En caso de haber perdido a un ser querido en un accidente de tráfico debemos aclarar a quiénes otorga la Ley la calificación de perjudicados, ya que lo primero que podemos pensar es que solo le corresponde indemnización a los herederos, pero no es así. Se llaman perjudicados. Lo vemos.

Si quieres saber qué indemnización te corresponde, nuestro equipo de especialistas te llamará de forma gratuita. Déjanos tu consulta para conocer el caso y poder ayudarte.

¿Quién puede reclamar? Los perjudicados

La Ley de Responsabilidad Civil y Seguro en la Circulación de Vehículos a Motor establece que serán considerados perjudicados las siguientes personas:

  • Padres
  • Cónyuge/pareja
  • Hijos
  • Hermanos
  • Allegados (convivientes en los 5 últimos años anteriores al accidente y especialmente cercanas en parentesco o afectividad).

¿Qué indemnización corresponde?

Al contrario de lo que suele ocurrir en un reparto hereditario, los perjudicados no se reparten capital alguno entre grados de parentesco o grupo anterior, sino que cada una de las personas que pueda encuadrarse como perjudicado o perjudicada tiene derecho a la indemnización por su perjuicio, que no irá en detrimento de la de cualquier otro perjudicado.

En este sentido, la Ley establece una cuantía fija que corresponde a cada grupo. Pero hay que tener muy en cuenta que existen también otros conceptos variables que pueden hacer variar ampliamente la indemnización a percibir. Dichos conceptos existen porque hay “subgrupos” dentro de los grupos que hemos mencionado o por circunstancias adicionales.

Cuando nos encontramos en este supuesto lo fácil es saber dentro de qué grupo estamos encajados y el fijo establecido por la Ley. Pero lo difícil es conocer esos variables a los que podemos tener derecho, ya que son numerosos y, algunos de ellos, complejos, y que requieren de la experiencia de un abogado especialista para ser valorados y reconocidos.

¿Cómo se puede reclamar?

Una vez que sabemos quiénes puedes reclamar, nos quedaría saber cómo podemos reclamar:

En este caso, y como en todos los accidentes de tráfico, tenemos la opción de la vía civil y de la vía penal:

Vía civil

Sería una reclamación directamente contra la compañía de seguros del vehículo responsable del accidente. En este sentido, la Ley nos obliga a promover una negociación extrajudicial antes de presentar demanda para aperturar la vía judicial. En estos supuestos necesitaremos abogado y procuradora. Además, pueden necesitarse otros profesionales como notarios, peritos, etc.

Vía penal

En estos casos tenemos varios supuestos que, grosso modo, suelen ser los siguientes:

Actuación de la víctima como perjudicado:

Son los casos en los que el procedimiento se apertura por la remisión del Atestado al Juzgado y en los que los perjudicados del accidente aparecen con tal calificación. La forma en la que actúan es una forma “pasiva”, pues no acusan formalmente al presunto delincuente, sino que ello corresponde al Ministerio Fiscal, si es que su actuación es perceptiva en el procedimiento.

Actuación de la víctima como denunciante:

Hablamos aquí de una actuación “activa” en la que el perjudicado presenta denuncia contra el conductor responsable del accidente y al que acusa por un presunto delito, además de para hacer valer la responsabilidad civil originada con el accidente de circulación.

¿Qué pasa cuando el delito es por imprudencia?

Es muy común la problemática sobre la calificación del presunto hecho delictivo. Cuando un delito es doloso no tenemos duda alguna, pero ¿qué pasa cuando el delito es por imprudencia?

En esos casos debemos distinguir entre imprudencia grave, menos grave o leve. Suele ser común que ante una denuncia de lo que nosotros consideramos sea un delito por imprudencia, el Juzgado no lo vea de la misma forma y archive el procedimiento. Es difícil y, sobre todo perjudicial, para los perjudicados de la víctima mortal el hecho de que, por ejemplo, un atropello en un paso de peatones no sea considerado imprudencia grave por un Juzgado.

Es sabido por todos que esos momentos son complicados y complejos debido a la pérdida de un ser querido, por lo que contactar con un Letrado Especialista nos puede ayudar dándonos la tranquilidad de que alguien de confianza está gestionando, con plenos conocimientos, nuestro expediente, luchando por la indemnización más justa y encargándose de temas “burocráticos” para los que, en la mayoría de casos, los perjudicados por una pérdida no se encuentran con los suficientes ánimos.

Hemos de señalar, que existen supuestos en los que se puede ser perjudicado por un fallecimiento y también lesionado en el accidente: pensemos en varios ocupantes de un vehículo que tienen una relación familiar. En estos casos, esa persona puede recibir “dos indemnizaciones”; una correspondiente a su situación de perjudicado por fallecimiento y otra por las lesiones (físicas o psíquicas) que haya sufrido por el accidente.

Existimos para ayudarte

LegalCar pone a disposición de todas las personas que han sufrido la pérdida de un ser querido en un accidente de tráfico nuestro Departamento de Fallecidos y Grandes Lesionados. Desde este Departamento damos la ayuda necesaria a las víctimas y allegados para el trámite de sus procedimientos.

Además, estamos comprometidos con la reducción de las víctimas mortales en accidente de tráfico, así como grandes lesionados. En estos vídeos presentamos las entrevistas con psicólogos especialistas que nos hablan del duelo, sus fases, su tratamiento y cómo vivir con la pérdida.

Cualquier duda adicional puede ser consultada en nuestro canal de Youtube, en El Plan LegalCar y, sobre todo, de forma directa con nuestros abogados especialistas en accidentes de tráfico.

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