Indemnización como ocupante de un autobús
Al lesionado le corresponden dos indemnizaciones, una que es automática y que se conoce como el SOVI ( Seguro de Viajeros Obligatorio) que abona las consecuencias de las mismas (secuelas).
La segunda indemnización es la que le corresponde al seguro del vehículo culpable del accidente, si es el de la EMT o de un tercero. En éste caso sí se indemnizan los días de tratamiento o de baja, así como las secuelas en función de su gravedad.
Requisitos para reclamar
Para reclamar una indemnización debes cumplir con una serie de requisitos básicos:
- No ser culpable absoluto del accidente
- Disponer de documentación que acredite la culpa y explique la dinámica del accidente
- Ser ocupante
- Haber acudido a urgencias dentro de las 78 horas siguientes al accidente
- No esperar más de 1 año para reclamar
Cuando el conductor de autobús no es culpable
En caso de que el conductor del autobús no sea responsable del accidente, podrá reclamar una indemnización por los daños personales que sufra a consecuencia del siniestro. Dicha reclamación se dirigirá contra la compañía de seguros del vehículo responsable del accidente, quien se hará cargo de la oportuna indemnización.
Cuando el conductor de autobús es culpable del accidente
En caso que haya un choque entre un autobús y otro vehículo y el accidente se produce por responsabilidad del conductor del autobús, el procedimiento inicial es como en cualquier accidente. Se debe firmar parte amistoso o avisar a las autoridades para que levanten el Atestado de tráfico.
En estos se debe dejar claro, nombre de los involucrados, datos de los vehículos. Además es importante que se recojan nombres de testigos que puedan probar que la culpa es del conductor.
En estos casos, los ocupantes del autobús dirigirán su reclamación contra la compañía de seguros de la compañía de autobuses, teniendo derecho a reclamar por los daños materiales y daños personales sufridos como consecuencia del accidente.
Seguro obligatorio de viajeros (SOVI)
Muchas personas desconocen que al comprar un billete de cualquier transporte público no solo se paga el trayecto de desplazamiento, además el importe del billete incluye un seguro de viajero obligatorio.
Este seguro protege al usuario en todo el trayecto nacional, incluso aquellos que tienen origen en España y ocurran en territorio extranjero. Con respecto a la cobertura del SVO, el seguro cubre daños corporales sufridos por el usuario (siempre y cuando el accidente no sea por consecuencia de estar bajo efectos del alcohol o drogas).
Un aspecto interesante de este seguro es que te cubre sea o no culpa del conductor el accidente.
Las caídas en autobús
Las causas de las caídas pueden ser múltiples y deberse a varios motivos. Para poder reclamar debemos acreditar la relación causal entre el accidente y las lesiones y daños sufridos, para lo que vamos a necesitar:
- El billete o título de transporte utilizado en el viaje.
- El parte de accidente o Atestado levantado por la Policía o Guardia Civil que acredite el hecho del accidente y la responsabilidad.
- El justificante de la atención médica por parte de los servicios de emergencia en el mismo lugar del siniestro.
- Nunca debemos salir del autobús tras una caída sin poner en conocimiento del conductor los hechos, de lo contrario no tendremos opción de reclamar.
Daños personales
Por daños personales va a comprender, por un lado, el periodo de tiempo que tardemos en curarnos de las lesiones sufridas, que va a ser mayor o menor según los daños.
Los días de curación se analizan dividiendo aquellos en los que hayamos estado incapacitados para hacer nuestra vida normal (sea con o sin baja laboral) y aquellos en los que sin estar incapacitados hemos estado realizando tratamiento para curarnos, que normalmente será la rehabilitación.
Por lesiones, deberemos acreditar desde el primer momento las mismas con todos los informes médicos que tengamos, desde el inicial, tanto de los servicios de emergencias que nos hayan atendido in situ en el lugar del accidente como el de urgencias, que debe ser lo más completo posible y recoger la totalidad de las lesiones sufridas.
Asimismo deberemos contar con los partes de baja y alta laboral o informes que acrediten que hemos estado incapacitados para realizar las tareas básicas de la vida diaria.
Cuanta más documentación médica tengamos, mejor acreditadas quedarán nuestras lesiones de cara a la reclamación a la compañía de seguros.
Daños materiales
En una caída en el interior de un autobús podemos sufrir, además de lesiones, daños materiales. Estos suelen producirse en objetos que portamos en el momento del siniestro.
Lo más habitual es que esos daños sean de móviles, gafas de ver o de sol, tablets, relojes, u otros objetos que al caer al suelo se rompen o se dañan.
Para que la reclamación de estos daños materiales pueda realizarse con garantías, es necesario que de una u otra forma hagamos constar que los llevábamos encima en el momento de la caída. La mejor manera de hacerlo es dejar constancia en el Atestado o parte de accidente que levanten los agentes de la autoridad.