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Qué es el delito de conducción temeraria
El artículo 380 del Código Penal castiga al conductor que circula con temeridad manifiesta y crea un peligro concreto para la vida o la integridad de las personas.
No se trata de una simple multa. Es un delito penal que puede implicar prisión y retirada prolongada del permiso de conducir.
Ejemplos habituales: conducción a velocidad extrema, adelantamientos con riesgo evidente, carreras ilegales o maniobras que obligan a otros vehículos a realizar frenazos bruscos.
Penas por conducción temeraria
- Art. 380 CP: prisión de 6 meses a 2 años + retirada de carnet de 1 a 6 años.
- Art. 381 CP: prisión de 2 a 5 años + multa + retirada de carnet de 6 a 10 años (manifiesto desprecio por la vida).
- Si hay lesiones o fallecimiento, las penas se agravan conforme al art. 382 CP.
Además de la pena penal, puede existir responsabilidad civil con indemnizaciones muy elevadas.

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Defensa real en procedimiento por conducción temeraria

Cliente investigado por conducción temeraria tras adelantamiento a alta velocidad en carretera convencional.
La acusación solicitaba pena de prisión y retirada del carnet durante 4 años.
La estrategia procesal y la prueba pericial fueron determinantes.
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