Una vez hemos enviado el requerimiento a la compañía con todos los justificantes de los daños, la compañía tiene un plazo de 90 días para responder a la reclamación con una respuesta motivada.

Jorge.- Una vez hemos enviado el requerimiento a la compañía con todos los justificantes de los daños, la compañía tiene un plazo de 90 días para responder a la reclamación. Esta respuesta puede ser que justifique alguna circunstancia por la que no pueden hacer oferta o directamente una oferta. Joaquín, ¿por qué se llama oferta motivada?

Joaquín.- Para que legalmente sea una oferta debe cumplir dos requisitos: la oferta debe ser una cuantía y, además, esa cuantía debe estar basada o en un desglose de la documentación en la que se basa o en un informe pericial médico.

Se dice “motivada” porque ese desglose y ese informe pericial son la motivación, la justificación, de porqué ofertan esa cuantía. 

Jorge.- ¿Cómo llega esa oferta motivada?

Joaquín.- Normalmente por correo electrónico o por burofax directamente al abogado de la víctima.

Jorge.- Y, ¿suelen agotar el plazo de los 90 días para responder?

Joaquín.- Depende de la complejidad del caso y de la complejidad de las lesiones. No es habitual que una compañía de seguros agote los 90 días, aunque es cierto que hemos tenido casos en los que han agotado el plazo e incluso casos en los que ni tan siquiera han respondido.

Jorge.- En esos casos, ¿qué pasa? ¿Si la compañía no responden en tiempo?

Joaquín.- Que la víctima tiene derecho a reclamar los intereses legales.