En el caso que vamos a comentar en este artículo veremos qué y cómo reclamar si se circula como ocupante de un taxi o si se es propio taxista. Sufrir un accidente en taxi genera una serie de derechos para reclamar una indemnización por los daño sufridos en el mismo siempre que no se sea culpable exclusivo.
Los daños sufridos en un accidente en taxi que pueden reclamarse son los materiales y los personales. Los daños materiales son aquellos daños que suponen un perjuicio económico para la víctima. A saber: gastos, facturas, lucro cesante, etc. Estos daños se cuantifican mediante los justificantes de pago de los mismos (para gastos, con las facturas) y mediante justificantes de pérdidas patrimoniales futuras en el caso del lucro cesante.
En cuanto a los daños personales en un accidente de taxi, se engloban en dos grupos: los daños personales que afectan a la esfera propiamente física de la víctima y aquellos que afectan a la esfera psicológica. Ambos grupos vienen recogidos en el Baremo Legal de tráfico que anualmente se actualiza para equilibrar las cantidades resultantes conforme a la realidad social y económica del momento.
Así, todas las lesiones, tanto físicas como psíquicas, vienen recogidas y calificadas en el Baremo Legal de Tráfico.
Reclamar por lesiones
Para reclamar una indemnización por lesiones, ya sean estas físicas como psicológicas, se ha de realizar una valoración pericial por un médico experto para ajustar la realidad médica de la víctima al lenguaje del Baremo. De esta manera, podrá cuantificarse la indemnización resultante. La valoración médica se hará utilizando todos aquellos documentos médicos que la víctima haya ido recopilando durante su periodo de curación, amén de una exploración física en el momento de la valoración definitiva.
Para reclamar por lesiones, tanto taxista como ocupante tienen las mismas vías a su alcance: la vía extrajudicial y la vía judicial civil. Ambas las comentamos ampliamente en otros apartados de nuestro Blog. En el caso del ocupante del taxi aplicamos la máxima de «los ocupantes cobran siempre». Y esto es un hecho. Los ocupantes, independientemente del vehículo en el que circulen, cobran siempre porque siempre tienen derecho a reclamar una indemnización.
Ahora bien, el taxista tendrá derecho a reclamar una indemnización por los daños sufridos en el accidente en taxi siempre y cuando no sea responsable exclusivo de mismo. Es decir, no tendrá derecho en aquellos accidentes de circulación en los que se le atribuya toda la responsabilidad en la producción del accidente en taxi.
Por ejemplo, cuando golpee por detrás a otro vehículo que está parado en un semáforo en rojo. En este caso el taxista no tendrá derecho a una indemnización. Pero el ocupante sí. Es decir, en conclusión, lo que diferencia a ambas figuras es que el ocupante de un taxi tendrá siempre derecho a una indemnización por lesiones y daños materiales sufridos en un accidente de circulación en taxi mientras que el conductor, el taxista, tendrá derecho siempre y cuando no sea responsable exclusivo en la producción del siniestro.

Ambos reclaman
En caso de que ambos tengan derecho a reclamar, será la defensa jurídica recogida en la Póliza de Seguro del taxi la que cubra los gastos legales de ambos, siempre y cuando se incluya la cláusula en la que también se engloben los gastos del ocupante.
Generalmente no es habitual que la defensa jurídica cubra a los ocupantes pero existen aseguradoras que sí que incluyen en sus Pólizas un apartado especial que permite que los ocupantes vean satisfechos los honorarios profesionales de un abogado externo a través de la defensa jurídica.
Vía de reclamación
En cuanto a las vía de reclamación, que antes hemos mencionado por encima, vamos a comentarlas brevemente pues las explicamos con más amplitud en otros apartados de nuestro Blog. Como hemos dicho, existe la vía extrajudicial, obligatoria conforme al Baremo Legal de Tráfico que entró en vigor en 2016, como trámite previo a la vía judicial civil, que es la segunda vía en caso de que la extrajudicial falle.
El taxista podrá demandar a la entidad aseguradora contraria siempre y cuando él no sea responsable exclusivo del accidente de taxi.
El ocupante del taxi, mientras tanto, podrá demandar o bien a la aseguradora del taxi cuando el taxista sea el responsable del accidente de taxi o bien a la entidad aseguradora del vehículo que lo haya sido.
La vía judicial civil conlleva un procedimiento más largo que los antiguos Juicios de Faltas en los que se denunciaba al conductor responsable y los trámites procesales eran más ágiles, puesto que en la Demanda ya queda fijada la cuantía que se reclama en concepto de indemnización. Por lo que, la discusión si la responsabilidad del accidente en taxi está clara, será la cuantía que se reclama.
La vía civil tiene unos costes iniciales puesto que se necesita procurador y la valoración de un perito médico para que sea éste quien fije el «precio» de las lesiones. Una vez han quedado suprimidas las famosas tasas judiciales, para demandar en vía civil por los daños sufridos en un accidente de tráfico ya no deberán abonar las tasas las personas físicas.

Ejemplos de casos reales
En nuestro despacho hemos tramitado numerosos accidentes de taxistas con y sin ocupantes. Por ejemplo, hace muy poco cerramos un caso en Madrid de un taxista, J.L.H., y un ocupante, L.P.C., que sufrieron lesiones cuando otro vehículo golpeó por detrás el taxi, que estaba parado en un semáforo en rojo en una céntrica calle de la capital.
Tanto taxista como ocupante resultaron lesionados y, además, reclamamos lucro cesante para el taxista y gastos de considerable cuantía para el ocupante. Ambos fueron indemnización conforme a la Ley por los daños sufridos en el accidente de tráfico tras llegar un acuerdo con la compañía aseguradora de vehículo responsable una vez ya había quedado fijada fecha para juicio.
En Valladolid, por ejemplo, tramitamos el caso de G.M.E. lesionada de gravedad cuando circulaba como ocupante de un taxi que golpeó a otro vehículo en una calle a las afueras de Valladolid. Tras el estudio de la dinámica del accidente quedó definido que el responsable del mismo había sido el taxista, con lo que la ocupante reclamó una cuantiosa indemnización a la aseguradora del taxi por la vía civil mediante Demanda. Tras la celebración del juicio, quedó sentenciada la responsabilidad de la entidad aseguradora del taxi en abonar la cuantía que la víctima reclamaba por las lesiones sufridas en el accidente en el que el taxista había sido el responsable.
¿Tienes dudas en tu indemnización? te llamamos sin compromiso.
