La defensa jurídica para accidente de tráfico es clave en todos los procesos de reclamación de indemnizaciones, te explicamos todo lo que necesitas saber
No hay dos casos iguales, y las posibilidades de que la reclamación salga adelante se han mermado en gran medida con la entrada en vigor del nuevo Baremo de Tráfico 2016.
¿Qué es un seguro de defensa jurídica?
No todas las coberturas del seguro de defensa jurídica son iguales, puesto que cada compañía de seguros tiene la suya. Así, las coberturas suelen estar, en general, entre los 600 euros y los 3000, dependiendo del tipo de cobertura y de la aseguradora.
En el caso de los motoristas las coberturas suelen ser menores, si bien, aparte del básico, pueden contratarse según el caso coberturas adicionales.
Igualmente, algunas coberturas por defensa jurídica no solo cubren al motorista conductor, sino también al ocupante que haya resultado con daños en el accidente.
¿Que ha cambiado en la defensa juridica?
Muchos han sido los cambios a los que los abogados que nos dedicamos a la defensa jurídica para accidentes de tráfico nos hemos tenido que enfrentar durante 2016 y lo que llevamos en 2017.
Por un lado la aplicación práctica del Baremo nuevo inicialmente ha supuesto no solo para los abogados, sino también para las compañías de seguros, un importante esfuerzo de adaptación a la nueva normativa, no exenta de polémica, ya que hay mejoras que aplaudir, pero también elementos negativos que repercuten directamente en la víctima.
Así, el Baremo 2016 supone una importante mejora en los casos de grandes lesionados y fallecidos, que era absolutamente necesario para equiparar nuestro país al resto de los países europeos, ya que hasta la entrada en vigor de este nuevo Baremo, resultaba injusto, y poco ajustado a derecho la situación en la que quedaban muchos grandes lesionados o las familias de los fallecidos en accidentes de tráfico.
Sin embargo la situación ha empeorado, y mucho, para las víctimas de traumatismos menores, y en concreto en los casos del ya famoso “esguince o latigazo cervical”, que constituyen la gran mayoría de las reclamaciones de indemnizaciones por accidentes de circulación, y que sin embargo con el nuevo Baremo, no solo quedan en entredicho, sino que además ahora se requieren y exigen una serie de requisitos sin los cuales, por mucho esguince cervical que tengamos, podemos encontrarnos con que no podamos reclamar o que simplemente la aseguradora responsable nos diga que no paga, y nos obligue a irnos a un procedimiento judicial.
Jurisprudencia
El nuevo Baremo de tráfico lleva funcionando desde enero de 2016, es decir, menos de año y medio. Durante este tiempo ya se han interpuesto las primeras demandas conforme a la nueva normativa, pero son muy pocas o casi ninguna las sentencias que tenemos de nuestros Tribunales por estos casos.
Esto es así porque por un lado, tenemos que contar con la lentitud de nuestros Tribunales, que están colapsados, con lo que las demoras en la tramitación de un procedimiento civil de reclamación de indemnización por accidente de tráfico se pueden prolongar entre uno y dos años, en el mejor de los casos.
Si a ello le añadimos el tiempo de curación del lesionado (que menos que tres meses para unas lesiones normalitas), que luego tiene que reclamar a la aseguradora una vez termine para que la misma haga la oferta motivada, para lo que tienen tres meses más, y que si la respuesta no es acorde a lo que pedimos hay que hacer una pericial médica, enviarla a la aseguradora y esperar otro mes más para poder poner la demanda, nos vamos a 10 meses como mínimo, con lo cual pocas demandas se han podido poner a lo largo de 2016 en base al nuevo Baremo.
Hasta la entrada en vigor del nuevo Baremo, los abogados que nos dedicamos a la defensa jurídica para accidentes de tráfico contábamos con una amplia colección de sentencias dictadas por nuestros Tribunales (Primera Instancia, Audiencias Provinciales e incluso Tribunal Supremo) con las que poder contar a la hora de defender el interés de nuestros clientes.
Pero tras la entrada en vigor del nuevo Baremo tenemos que esperar para saber por dónde van a ir las primeras sentencias, y así conocer, ante las numerosas dudas que suscita el nuevo Baremo, cuál va a ser la postura de nuestros jueces y magistrados al respecto.
Protección contra la retirada del carnet de conducir
Desde que se implantó en nuestro país el carnet de conducir por puntos, muchos conductores lo han perdido por una u otra razón.
Esta pérdida tiene consecuencias muy negativas sobre todo para aquellos conductores que necesitan el vehículo o la moto para desplazarse por motivos de su trabajo o profesión, sobre todo en el caso de los conductores profesionales.
Es por ello que hay aseguradoras que ofrecen una cobertura de protección por retirada del carnet de conducir.
Esta cobertura tiene como finalidad proteger al asegurado de la pérdida de su carnet de conducir, bien por sentencia judicial o bien por una resolución de carácter administrativo, garantizando la posibilidad de desplazamiento de dicho conductor.
El alcance de dichas coberturas especiales depende de lo que se contrate con la aseguradora.
Así, hay casos en los que la compañía cubre los gastos del curso de formación que deba realizar el asegurado para recuperar su carnet de conducir.
En otras ocasiones la cobertura por retirada del permiso de conducir es el pago de determinadas cantidades para sufragar los gastos de desplazamiento de su asegurado mientras esté sin carnet de conducir, bien en taxi, bicicleta, transporte público, etcétera, según el tipo de cobertura.
El pago de estas cantidades tiene un límite en el tiempo que suele oscilar entre los 6 y los 24 meses.
Este tipo de cobertura es muy popular entre los conductores profesionales, y sobre todo en los autónomos, porque les cubre cuando no pueden ejercer su profesión a causa de la pérdida de su carnet de conducir.
En cualquier caso, cada aseguradora tiene sus propias condiciones en este tipo de coberturas, donde se suelen excluir la retirada del carnet de conducir cuando ha sido a causa de dar positivo en alcohol o drogas, o cometer con el coche un delito castigado penalmente.
Algunas de las aseguradoras que ofrecen esta cobertura son Pelayo, Allianz o Caser.
Abogado especialista, no generalista
Resulta fácil, después de lo aquí comentado, darse cuenta de la importancia de contar con un buen asesoramiento. Si antes de 2016 la víctima de un accidente de tráfico se perdía en su reclamación, y cuando la aseguradora no le hacía literalmente “ni caso” llamaba a un abogado especialista en accidentes, ahora, esa necesidad de que su reclamación esté bien dirigida es clave, porque de hecho muchos casos pueden resultar fallidos si no se cuenta con ese asesoramiento desde el principio.
El abogado especialista es experto en una rama concreta, domina una materia y por eso sabe de ello más que un abogado generalista. Podemos conocer de derecho de familia, penal, administrativo o laboral.
Pero la reclamación de indemnizaciones derivadas de accidentes de circulación es una especialidad, que hoy más que nunca requiere amplios conocimientos de la materia, tiempo para hacer cursos para ampliar conocimientos y experiencia en el trato con las compañías de seguros.
Hoy más que nunca insistimos en la importancia de no esperar para acudir a LegalCar. Muchas víctimas por desconocimiento o por buena fe confían en su compañía de seguros y cuando el tiempo pasa, no reciben información ni asesoramiento y deciden llamar al abogado. Gran error. No hay que esperar, porque los primeros días posteriores al accidente son vitales para que muchas reclamaciones, sobre todo si son menores, prosperen.
Legalcar ABOGADOS
El equipo de abogados de LEGALCAR, especialistas en reclamaciones por accidentes de tráfico desde hace más de 20 años, se ha preparado desde antes de la entrada en vigor del nuevo Baremo de Trafico 2016 para el cambio normativo. Nuestra experiencia y nuestros conocimientos se ponen a disposición de las víctimas para ayudarles en su recuperación funcional y por supuesto en su reclamación.
Siempre recomendamos informarse, las consultas son gratuitas y sin compromiso, y nuestro interés es el del cliente.
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