Sabemos que un accidente de tráfico es un evento traumático y en ocasiones se produce la denegación de socorro, tanto si eres testigo del incidente o si formas parte de los hechos y aunque pueda que los nervios te paralicen, tu intervención puede ayudar a salvar una vida, solamente aplicando el protocolo  PAS (Proteger, avisar y socorrer) ¿Sabes exactamente qué significa socorrer? ¿Qué pasa si omites el deber de socorro? Te lo explicamos en este artículo.

¿Qué es la denegación de socorro?

El código penal establece en el artículo 195 el deber de socorro que quien no prestase socorro pudiéndolo hacer sin poner en peligro su vida o la de terceros, deberá pagar una multa de 3 a 12 meses, en el caso de que la persona que no pudiese prestar socorro, tampoco llamara a las autoridades para pedir ayuda.

Si quien ha puesto en peligro a la víctima fuese quien denegase el socorro, deberá pagar una pena de cárcel de seis a 18 meses, si el accidente se provocase por una imprudencia, la pena sería de seis meses a cuatro años.

Este es un  caso que se da sobre todo en aquellos casos en el  que el conductor que ha provocado el accidente se da a la fuga, sin embargo, aunque parezca increíble, puede que se libre de esta pena si no se logra probar que la víctima ha quedado desamparada.

Por ejemplo, en Legalcar tuvimos el caso de J.A.P Motorista quien en un túnel fue impactado por un vehículo, provocando que cayese de su moto y sufriera múltiples lesiones. El conductor que provocó el accidente se detuvo unos segundos, pero luego abandonó el lugar, antes de que llegaran las autoridades. Aunque el conductor fue localizado, no se pudo imputar con omisión al socorro, pues al momento de abandonar el lugar del accidente, J.A.P estaba siendo atendido por otras personas, por lo que no quedó abandonado sin recibir asistencia, como demostraban las cámaras del túnel.

¿En qué caso se puede imputar a alguien por denegación del deber de socorro? En aquellos donde se tengan pruebas contundentes que comprueben que el culpable ha dejado desamparado a la víctima, por ejemplo, si un conductor atropella a un peatón en una carretera solitaria y lo dejase ahí y este no recibiera atención hasta mucho tiempo después o falleciese en los minutos posteriores por la falta de atención médica.

Por otra parte, en el que caso de que tras el accidente, la víctima falleciera en el acto y el conductor culpable se diese a la fuga, no se considera omisión del  deber de socorro, pues a la persona fallecer en el acto, no requiere socorro.

¿En qué consiste el socorro?

Tras un accidente de tráfico se debe aplicar el protocolo PAS que significa, proteger, avisar y socorrer. Lo que quiere decir es que antes de intentar ayudar a alguien, debes resguardarte a ti mismo y tratar de señalizar la zona del accidente, posteriormente, debes llamar a las autoridades y avisar lo ocurrido, es importante que si es posible te acerques a las víctimas para que puedas avisar a las autoridades del estado de las mismas y de esta forma puedan saber qué tipo de asistencia es necesaria.

Si tienes conocimientos en primeros auxilios, puedes tratar de socorrer a las víctimas, si no lo tienes puedes acompañarlas mientras llegan las autoridades, es mejor esperar a los expertos que hacer algo que pueda empeorar su estado. Debes evitar mover a los lesionados, porque cualquier movimiento brusco puede complicar su estado, en el caso de los motoristas no debes quitarles el casco. Otro aspecto importante es evitar darle comida o líquidos a los lesionados.

Sabemos que puedes sentir impotencia, pero solo deberás esperar unos pocos minutos mientras llegan los servicios de urgencias.

Tu rol como testigo de un accidente es vital, sobre todo para explicar a las autoridades lo ocurrido, no solo a los servicios de urgencias, sino también a la Policía o Guardia Civil, quienes realizarán el atestado donde se explica el accidente y se especifica por qué ha ocurrido, también tu declaración es importante en caso de que el conductor se diese a la fuga, para identificarlo en un futuro.

Además, es muy importante que intentes señalizar el accidente para evitar que se produzca otra situación de riesgo en la carretera como consecuencia del accidente. Esto debes hacerlo sin poner en riesgo tu propia vida.

¿Qué contempla el artículo 195 del código penal?

La omisión del deber de socorro se encuentra recogido en los artículos 195 y 196 del Código Penal, y castiga las conductas siguientes:

  • El que no haya socorrido a la persona que se encuentre desamparada y en peligro grave y manifiesto, cuando ha podido hacerlo sin riesgo propio ni de terceros.
  • El que, estando impedido para prestar socorro, no demande con urgencia el auxilio ajeno.
  • Cuando la víctima lo es por accidente ocasionado de manera fortuita por quien haya omitido el auxilio, o si al accidente se ha producido por una imprudencia.

¿Cuándo existe omisión del deber de socorro?

Para que exista la omisión del deber de socorro y se aplique lo dispuesto en el artículo 195 deben darse dos parámetros, que son, por un lado, que la persona se encuentre desamparada, y por el otro que se encuentre en peligro grave y manifiesto.

Además, se requiere que pueda haberse prestado el auxilio sin riesgo propio ni de terceros y que el infractor se ausente del lugar de los hechos sin prestar ningún tipo de asistencia.

En el ámbito de los accidentes de tráfico este tipo de conductas se producen cuando el causante del siniestro se da a la fuga.

Un caso real tramitado en Legalcar se produjo en uno de los túneles de la M30 de Madrid, cuando la motocicleta conducida por nuestro cliente fue embestida por detrás por un vehículo que tras el accidente se marchó del lugar de los hechos sin detenerse.

En este supuesto, las cámaras de seguridad del túnel grabaron el momento del impacto y al vehículo responsable, por lo que se pudo localizar al autor de los hechos.

En otros casos no es posible conseguir los datos del culpable, por lo que en muchas ocasiones no hay modo de demostrar la intervención de un tercero y la reclamación es muy difícil que prospere.

Cuándo no debemos cumplir el deber del socorro

Si el socorrer a la víctima supone que debes poner en riesgo tu vida o la de terceros, estás exento de cumplir este deber, sin embargo, si eres testigo de un accidente, tienes que llamar a las autoridades, aunque no puedas colaborar físicamente, pero la llamada es fundamental para que la ayuda competente llegue lo más rápido posible.

En el caso de que no tengas conocimientos de procedimientos de primero auxilio, lo mejor es no intentar ayudar a las víctimas, pero sí puedes cumplir con otras labores como señalizar y avisar lo ocurrido.

Si la víctima del accidente ha fallecido en el mismo, no existe deber de socorro, pues la persona ya no puede ser socorrida, pero, como mencionamos anteriormente tu deber es llamar y avisar a las autoridades, para que estas comprueben que ha fallecido.

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