
En esta entrevista Jorge Jabalquinto y Joaquín Torres nos van a dar una explicación muy genérica para que podamos entender qué es una secuela según el baremo de tráfico, cómo se valora y qué tipo de secuelas existen.
JORGE – En otros vídeos hemos visto que podemos reclamar las lesiones por tiempo de curación y por secuelas. El tiempo de curación ya quedo explicado en el vídeo correspondiente y en éste estamos viendo que son las secuelas.
JOAQUÍN – Las secuelas son aquellas lesiones que, por desgracia, no se pueden curar. Es decir, podemos tener un tratamiento rehabilitador de por ejemplo de una cervicalgia, podemos dar unas sesiones y estar de baja pero el médico establece que esa dolencia o esa limitación no se va a recuperar.
El profesional lo deja puesto en un informe, esto es lo que se consideraría una secuela. Es un dolor o limitación que te queda para el resto de tu vida.
JORGE – Y ¿cómo se paga o como se indemniza esa secuela?
JOAQUÍN – El baremo de tráfico lo que establece es, en función al tipo de lesión o secuela y en función a su gravedad, una horquilla de puntos.
JORGE – Y en función a esa puntuación ¿cuánto se puede reclamar por punto, o como es ese sistema de puntuación?
JOAQUÍN – Se valora de dos formas diferentes, edad, y cuantía de puntuación. Es decir, dentro de esa horquilla se puede valorar una cervicalgia de uno a cinco puntos. No es lo mismo tener un punto que cinco porque se valora en función a la gravedad, por lo que si tengo un punto sería lo más leve y ésta tiene una cuantía por el punto. Pero si tengo cinco puntos, al ser lo más grave, se entiende que se padece más esa lesión y por tanto se valora más por cada punto.
La Edad porqué se supone que una persona más joven va a padecer esa dolencia durante más tiempo mientras que una persona más mayor tiene una esperanza de vida es menor y, por lo tanto, va a padecer menos tiempo esa dolencia. Por lo tanto, no es lo mismo si yo tengo una lesión con 18 años que tenga esa misma lesión con 65 años.
Para que te hagas una idea, en las horquillas nos podemos mover desde unos 550€ el punto aproximadamente hasta los 1000 o 1200 euros el punto.
JORGE – Por lo que hay mucho tipo de secuelas. En concreto son tres, ¿no?
JOAQUÍN – Sí, se valoran tres tipos de secuelas:
- Las secuelas psicológicas: como son, por ejemplo, tener miedo a cruzar un paso de peatones en un atropellado o tener pesadillas recurrentes del accidente que ha tenido.
- Secuelas estéticas: son aquellas que, por ejemplo, dejan laceraciones que puedan quedar tras un accidente de moto contra el asfalto. Es decir, el perjuicio estético que queda.
- Las funcionales: por ejemplo, una cervicalgia me puede dejar una limitación en la movilidad o un mantener material de osteosíntesis de una operación (los clavos que ponen)
Estos son los tres tipos de secuelas que se valoran en el baremo tráfico.
JORGE – Por lo que resumiendo existen secuelas estéticas, funcionales y psicológicas.
LEGALCAR
En Legalcar abogados conocemos la postura de las compañías a la hora de pagar secuelas, que o bien no reconocen, o que, si lo hacen, las van a valorar en mínimos para pagarte lo menos posible.
Como especialistas en exclusiva en accidentes de circulación, llevamos asesorando durante casi 21 años a las víctimas para que las secuelas que les queden sean reconocidas e indemnizadas por las aseguradoras.
Tipos de secuelas psicológicas en la víctima
Hay varios tipos de daños psicológicos en las víctimas de accidentes de tráfico, destacando entre todas ellas el síndrome de estrés postraumático, la más común y habitual.
También provoca situaciones de estrés, problemas para conciliar el sueño, y pérdida de confianza, y los síntomas pueden tardar en aparecer un tiempo prudencial después del siniestro, lo que dificulta más aún establecer el nexo causal con el accidente.
Esta secuela requiere de tratamiento médico por especialistas en psicología y/o psiquiatría, que puede alargarse más o menos en el tiempo dependiendo de su gravedad y evolución y que muchas veces tiene que pagar de su bolsillo el propio perjudicado (y posteriormente reclamar su pago a la compañía).
Otro tipo de daños psicológicos relacionados con los accidentes de tráfico son los trastornos depresivos, que conllevan estados de ánimo deprimidos, falta de interés en cualquier actividad de la vida diaria, fatiga y pérdida de energía, insomnio, pérdida del apetito y pensamientos negativos, incluyendo sentimientos de culpa.
Todos estos efectos provocan en la víctima un malestar generalizado que puede durar meses y que requiere tratamiento médico especializado y control periódico de su evolución.
Y en el caso de lesionados de larga duración o con daños personales graves, las secuelas psicológicas (trastornos permanentes del humor) aparecen cuando el proceso de recuperación se alarga en el tiempo, los resultados positivos no son los esperados, y las limitaciones o incapacidades en su día a día provocan angustia y miedo a no mejorar el estado físico.
En ocasiones también, víctimas de accidentes con patologías psicológicas previas al accidente, ven agravados los síntomas después de sufrir el mismo, lo que también debe considerarse secuela.
¿Qué dice el Baremo de Tráfico al respecto?
El nuevo Baremo de Tráfico 2016 modifica en parte la clasificación y valoración de las secuelas psicológicas de las víctimas de accidentes de circulación.
La primera modificación afecta al daño psicológico más habitual, que como hemos visto es el síndrome de estrés postraumático, denominado así en el anterior sistema de valoración dentro de los llamados “trastornos neuróticos”.
En el nuevo Baremo desaparece esta denominación que se sustituye por el término general “Trastornos cognitivos y daños neuropsicológicos” que incluye el “síndrome frontal/trastorno orgánico de la personalidad/alteración de funciones cerebrales superiores integradas”, términos todos ellos asociados a síntomas que deben estar relacionados con unos daños físicos (las lesiones).
Dentro de esta secuela se establecen tres categorías en función de la gravedad de la misma:
- Leve, con una valoración entre 1 y 2 puntos
- Moderado, valorada entre 3 y 5 puntos
- Grave, con una valoración entre 6 y 15 puntos
El nuevo Baremo establece, por otro lado, otra serie de secuelas psicológicas de manera genérica y distintas al estrés postraumático, denominada “otros trastornos neuróticos”, donde se incluyen otro tipo de daños como los trastornos de ansiedad derivados de un accidente de circulación, los de angustia, los de adaptación o las fobias específicas, con una valoración que oscila entre 1 y 5 puntos.
Y, por último, se recogen en el Baremo:
- Los “trastornos permanentes del humor”
- Las agravaciones de patologías previas del lesionado, es decir, de trastornos que la víctima sufría ya antes del siniestro, divididas en agravación y desestabilización de demencia no traumática, incluida la demencia senil, que se valora entre 1 y 25 puntos, y la agravación o estabilización de otros trastornos mentales, valorada entre 1 y 10 puntos.
Como ya hemos dicho, las secuelas psicológicas en la víctima de un siniestro existen y son más habituales de lo que pensamos, pero al ser subjetivas, en ocasiones resultan difíciles de demostrar, y las compañías de seguros no suelen reconocerlas y mucho menos pagarlas adecuadamente, incluyendo los tratamientos que requiere el lesionado.