Conducir bajo los efectos del alcohol en España está penado si supera la tasa permitida, pudiendo ser una sanción económica o un delito si se duplica el límite , en este último caso la pena puede variar entre sanción económica, trabajo en favor de la comunidad, cárcel y retirada del carnet de conducir por alcoholemia reincidente por mínimo de 8 meses.

Consecuencias legales por reincidencia en alcoholemia

Lo primero que debes tener en cuenta es que se entiende por reincidencia que la persona ya haya cometido delito por alcoholemia en un periodo de 2 años, por lo que si ya fuiste condenado  hace más tiempo no se considera reincidencia.

La principal consecuencia en este caso es la pérdida del carnet de conducir, además serán remitidos a autoridades sanitarias para que determinen si el conductor tiene una dependencia del alcohol o drogas si aplica al caso.

Esta medida ha entrado en vigor en mayo de este año, después de que varias ciclistas perdieran la vida, en diversos accidentes provocados por conductores bajo los efectos del alcohol.

Además, no se podrá negociar con el  fiscal la pena mínima, por lo que es muy probable que la pena sea mayor a la de veces anteriores.

Retirada del carnet de conducir por reincidencia en alcoholemia

Recuerda que las penas por un delito de alcoholemia se comprenden en: sanción administrativa de 6 a 12 meses o trabajos en beneficio de la comunidad de 31 a 90 días o la pena de prisión que va de 6 meses a 4 años.

En lo que respecta a la retirada del carnet de conducir por una reincidencia en alcoholemia, esta varía entre el año y los cuatro años.

Recuerda que la entrega de tu carnet ha de ser inmediata tras la celebración del juicio y que la pena ha de cumplirse de manera ininterrumpida. Es decir, si la retirada de tu carnet de conducir es de dos años, no podrás conducir en ningún momento. No se permiten penas en las que, por ejemplo, podamos coger el coche los fines de semana.

¿Cómo es un juicio por alcoholemia con o sin reincidencia?

Si después de un control de alcoholemia duplicas la tasa permitida, se te informará que has cometido un delito y deberás esperar hasta recibir la citación para el juicio rápido por alcoholemia.

En los juicios rápidos se realizan para que la persona juzgada tenga oportunidad de admitir o negar los hechos, este tipo de juicio no solo se realiza para alcoholemias, sino también para hurtos, delitos por violencia de género, agresiones o amenazas entre otros delitos que no superen la condena de cárcel de 5 años, como la condena por alcoholemia.

Para este juicio necesitas ir con un especialista que te represente, pues es este quien negociará con el fiscal tu condena por alcoholemia, además este debe ser especialista en derecho penal y recomendamos además que sea experto en alcoholemias, pues su experiencia te favorecerá.

Si la prueba de la alcoholemia te fue realizada después de un accidente de tráfico debes tomar en cuenta que los lesionados acudirán al juicio y serán evaluados por un médico forense del juzgado y aunque tu compañía se hará responsable, esta va a repetir en tu contra dicha cuantía.

Si no hubo lesionados tras el accidente, pero si hubo daños materiales, tendrás que hacerte responsable del pago de los mismos, por lo que para el juicio se contará con una peritación de dichos daños y se te informará la cantidad a pagar.

¿Qué es lo más importante que tienes que saber?

Lo más importante que tienes que saber, es que, sea cual sea la infracción cometida, es conveniente que te asesores previamente. Puedes consultarnos tu caso para conocer de la mano de un despacho de abogados especialistas en accidentes de tráfico las consecuencias de tu infracción y qué es lo que puede pasar. La primera consulta siempre es gratuita.

Lo segundo que debes saber es que la tasa de alcohol es la que va a determinar el tipo de infracción que hayas cometido, si la tasa oscila entre 0,25 mg/l y 0,50 mg/l, se te va a imponer una multa de 500 euros, y la retirada de cuatro puntos del carnet de conducir.

Y si eres un conductor novel o un profesional la tasa oscila entre 0,5 g/l y 0,15 mg/l, y si superas una tasa de 0,50 mg/l, la multa será de 1.000 euros, con retirada de seis puntos del carnet de conducir.

Ahora bien, para el caso de que hayas dado positivo en la prueba de alcoholemia con más de 0,60 mg/l entonces vas a ser imputado por un Delito contra la Seguridad del Tráfico, recogido en el capítulo IV del Código Penal, que establece que los conductores que arrojen en la prueba de alcohol una tasa superior a 0,60 mg/l en aire espirado o de 1,20 g/l en sangre, se les impondrá una pena entre tres y seis meses de cárcel, multa de seis a doce meses, trabajo comunitario de 30 a 90 días y prohibición de conducir en un periodo entre uno y cuatro años.

En estos casos el infractor va a ser citado a un juicio rápido, necesitando para su defensa de alcoholemias que tramite el procedimiento.

Legalcar

En Legalcar contamos con un grupo de especialistas en juicios por alcoholemia, nuestra filosofía consiste en reunirnos con el cliente, conocer su caso, además de su situación, para plantear una estrategia y obtener el mejor resultado para este, para nosotros nuestros clientes no son un número más, nos comprometemos en ayudarlos lo máximo posible para que el beneficio sea mutuo.

¿Tienes un juicio por alcoholemia pronto? En Legalcar trabajamos 24 horas, llámanos y te ayudaremos inmediatamente.

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