¿Has sufrido lesiones y daños porque un coche no hizo un Ceda el Paso y te empotró? Conoce cómo puedes demostrar la culpa del contrario y reclamar por los perjuicios sufridos en el accidente.

Una de las infracciones más habituales que se producen en el ámbito de la circulación es saltarse una señal de CEDA el paso. Muchos conductores se confían y no prestan la debida atención. Este tipo de negligencias pueden causar graves daños materiales y personales a las víctimas.

La peligrosidad de este tipo de infracciones consideradas como graves se castigan con sanciones de 200 euros de multa y pérdida de 4 puntos del carnet de conducir, además de que, si el infractor provoca daños personales graves, puede llegar a tener incluso responsabilidad penal.

Es muy importante que, si has sufrido un siniestro donde un coche no hizo el CEDA y te empotró, cuentes con un buen asesoramiento legal porque en ocasiones resulta difícil demostrar el accidente, sobre todo cuando el contrario niega culpa o hay versiones contradictorias.

¿Qué pasa si un coche no respetó un CEDA y me golpeó?

Lo primero que debes tener en cuenta es que, si un vehículo no respeta un CEDA el paso y colisiona contigo, ha cometido una infracción grave, es responsable del accidente y tiene que responder de los daños que te haya causado.

Pero no debes confiarte, porque muchas veces demostrarlo no es tan sencillo como parece. Si, por ejemplo, tú conduces con exceso de velocidad el contrario puede achacarte también una responsabilidad, alegando que podías haber frenado a tiempo para evitar la colisión, aunque ello no le exima de responsabilidad.

Un accidente de tráfico provocado porque el contrario se ha saltado un CEDA el paso puede ser más leve cuando no interviene la velocidad, por ejemplo, cuando se produce en una vía urbana, pero puede tener consecuencias muy graves cuando la señal se encuentra en la incorporación a una carretera de doble sentido o en una vía de servicio para incorporarse a una autovía.

En cualquier caso, y partiendo de que las aseguradoras buscarán siempre la posibilidad de descargarse de culpa o imputarte una parte de ella, es muy importante demostrar la culpabilidad y buscar asesoramiento legal especializado.

¿Cómo puedo demostrar la culpa del coche contrario?

Cuando el accidente es clarísimo, y el conductor responsable reconoce los hechos, no suele haber problema. Firmando un parte amistoso en el que la culpa quede perfectamente acreditada ya se puede iniciar una reclamación a la compañía de seguros obligada al pago de los daños sufridos.

Pero cuando el contrario pone algún tipo de paga, niega haberse saltado el CEDA, o incluso quiere descargar parte de su culpa en ti, es necesario tomar medidas para asegurar la responsabilidad.

Para ello, debes llamar a los agentes de la autoridad de inmediato para que acudan al lugar del accidente y levanten un Atestado, donde conste claramente que el contrario ha cometido esa infracción que ha desencadenado el siniestro.

Si es posible, conviene contar con el testimonio de testigos presenciales. Estos pueden, en caso de duda, facilitar a los agentes su versión del accidente y si es necesario, declarar en un posible juicio contra la aseguradora, si ésta se niega a pagar por algún motivo.

¿Quién puede reclamar los daños?

El conductor no culpable y los ocupantes, si los hay, podrán reclamar a la compañía de seguros del vehículo que se ha saltado un CEDA el paso la compensación económica que les corresponda por los daños y perjuicios sufridos en el accidente.

Como en toda reclamación derivada de un siniestro, cualquier daño que pidas debe demostrarse documentalmente.

Asegúrate de acudir a Urgencias de inmediato y antes de que pasen 72 horas desde el accidente para tener un completo diagnóstico de tus lesiones, y recuerda que para tener derecho a que te paguen por ellas debes realizar el tratamiento rehabilitador que necesites para curarte, y conseguir informes médicos que acrediten tu tiempo de curación y las secuelas que hayan podido quedarte.

Si eres el conductor, puedes reclamar también por los daños materiales sufridos, no solo en tu vehículo (reparación o bien pago del siniestro), sino también cualquier otro tipo de daño en objetos como gafas, equipaje, o teléfonos móviles.

Igualmente, la compañía de seguros te tiene que pagar el perjuicio patrimonial, que se divide en lucro cesante (perjuicios económicos que hayas podido tener a causa del accidente) y daño emergente (gastos derivados del siniestro), siempre que esté todo ello bien acreditado.

Si eres ocupante, puedes reclamar que te paguen los daños y perjuicios siempre, al margen de quien haya sido el responsable del siniestro, por lo que también tienes derecho si viajas en el coche que se ha saltado el CEDA el paso.

Si has sufrido un accidente de este tipo, no eres culpable exclusivo y has resultado perjudicado con lesiones o daños, contacta con Legalcar y nuestros letrados expertos en siniestros te asesorarán sin compromiso sobre tu caso.